Multas curiosas

¿Crees que eres un conductor ejemplar que nunca comete infracciones de tráfico? Posiblemente seas consciente de la importancia de respetar los límites de velocidad, de no combinar alcohol y/o drogas con conducción ni distraerse con el teléfono móvil, de utilizar el cinturón de seguridad y las sillas infantiles, de no saltarse semáforos en rojo o de aparcar de forma correcta.

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Si no cumples estas normas, te pondrán una multa. Pero, ¿sabías que hay otras infracciones por las que te pueden multar y no conoces y que te sorprenderán? En la siguiente lista te explicamos algunas de ellas.

La lista de las multas que pocas veces o nunca te habías planteado

  • No lleves a más personas en el coche de lo que indica el fabricante. Seguro que sabes que en el coche no puedes llevar a más personas de las permitidas –cuidado con los coches pequeños homologados para cuatro ocupantes- pero lo que posiblemente desconozcas es que si incumples esta norma te pueden poner una multa de 80 euros. Si se supera el 50% el número de plazas autorizadas sin contar con el conductor la infracción pasa a considerarse como muy grave y te pueden sancionar con 500 euros, te pueden retirar el carnet de conducir durante tres meses y además te pueden quitar cuatro puntos del carnet.
  • Frenar de forma temeraria. Es una infracción muy grave que implica una multa de 500 euros y la retirada de seis puntos del carnet de conducir.
  • Arrojar objetos a la vía o a sus inmediaciones. Con la nueva Ley de tráfico, por ejemplo, tirar colillas por la ventanilla implica una multa de 500 euros y seis puntos en el carnet de conducir. Pueden quitarte el carnet hasta tres meses si lo que tiras puede provocar incendios, accidentes u obstaculizar la circulación.
  • Adelantar a los ciclistas poniéndolos en peligro o entorpeciendo su marcha. Otra sanción que ha cambiado con la Ley de tráfico que entró en vigor en marzo de 2022. Si antes se consideraba una infracción grave sancionada con 200 euros y la retirada de cuatro puntos del carnet, además de la posible retirada del carnet hasta tres meses, ahora se restan 6 puntos del carnet con la misma cuantía.
  • No respetar la distancia de seguridad. Se considera una falta grave si no se respeta el artículo 54 del Reglamento General de Circulación. La multa oscila desde los 200 euros hasta los 500 euros si se considera conducción temeraria lo que también conlleva la retirada de 6 puntos del carnet de conducir.
  • Dar ráfagas a otro vehículo: la multa es de 80 euros.
  • Comer, maquillarte o leer el periódico es sancionable. Aunque sea mientras estás parado en un semáforo rojo, te podrían multar con 200 euros y la retirada de dos puntos de carnet, la misma que utilizar el móvil, con la salvedad de que también acarrea la retirada de 6 puntos del carnet de conducir.
  • No apoyes el codo en la ventanilla ni lo saques por la ventana. Te pueden sancionar con 80 euros de multa.
  • No vayas descalzo, con chanclas, con tacones o sin camisa. En cualquiera de estos casos tu seguridad a la hora de conducir empeorará por lo que está castigado con hasta 200 euros. Acuérdate de esta multa cuando vayas a la piscina o cuando salgas de fiesta.
  • Es peligroso repostar con el vehículo arrancado, las luces o la radio encendidas. Te pueden poner una multa de 200 euros y retirarte tres puntos del carnet de conducir.
  • Por poner la música alta también te pueden multar. Si pasas por un hospital o una zona considerada ‘de descanso’ acuérdate de bajar el volumen si no quieres que te sancionen con una multa de 100 euros. Esta cantidad puede ascender hasta los 3.000 euros según el nivel de ruido. Cada ayuntamiento marca el límite de decibelios.
  • No puedes tocar el claxon siempre que quieras. La DGT sólo permite accionarlo en caso de emergencia o para llamar la atención de otro conductor cuando vas a realizar un adelantamiento. La multa en este caso es de 80 euros.

También hay normas que piensas que, de no cumplirlas, no supondrán una multa cuantiosa, pero nada más lejos de la realidad. Nos referimos a infracciones como no llevar los triángulos de señalización de peligro o la señal de emergencia V16, no utilizar el chaleco reflectante, conducir sin haber pasado la ITV, con el carnet caducado, sin luces, deslumbrando o con la matrícula sucia o desgastada. No las pases por alto porque la multa que te llegará será de 200 euros. En cualquiera de estos casos, recuerda que por ser socio del RACE nosotros te ayudamos a gestionar el pago de las multas o su reclamación.

Además, debes saber que también te pueden multar si pones publicidad, adornos o dibujos en el coche (80 euros), no informas a la DGT de que has cambiado de domicilio (80 euros), discutes o te das muestras de cariño con tu pareja dentro del vehículo (entre 100 y 600 euros, aunque esta cifra puede variar según el municipio), subes o aparcas el coche en una acera (200 euros), inicias la marcha derrapando (100 euros), lavas el coche o realizas tareas de mantenimiento en la calle (desde 30 a 3.000 euros) o circulas con un cartel de ‘se vende’ en las ventanillas (hasta 200 euros), esto último justificado porque harías un uso indebido de la vía pública y porque te puede dificultar la visión al volante. Si quieres leer más sobre las multas de tráfico en España te recomendamos este artículo.

Multa por no pagar la gasolina

Con la subida incesante de la gasolina, llenar el depósito de un turismo puede suponer un gran agujero en el bolsillo por lo que hay quien pueda tener la tentación de llenar el depósito e irse sin pagar. Esto, por supuesto, es sancionable. De hecho, está considerado como un delito leve de estafa si la cifra es menor de 400 euros (si es mayor el delito es grave y las penas se agravan), según aparece en el artículo 249 del Código Penal. Tendrá que pagar una cantidad diaria que ronda los 10 euros (puede variar según lo que considere el juez) durante un tiempo de uno a tres meses, además de las costas procesales y el dinero que no abonó en su momento en la gasolinera.

Si la persona es reincidente y comete el delito más de tres veces ya pasa a considerarse como grave. En tal caso, además de la sanción pertinente, el detractor se juega ir a la cárcel durante un tiempo de 1 a 6 años (artículo 250 del Código Penal) y pagar una multa diaria de seis a doce meses.

En caso de retirada del carnet para que tu vida no se vea afectada te ofrecemos la protección del carnet de conducir.
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