Rehabilitación de vehículos

Haz la rehabilitación de tu vehículo a través del RACE

Aprovecha el servicio del RACE para la rehabilitación de vehículos después de haberlos dado de baja.

Recupera tu coche, moto o ciclomotor fácilmente.

Hay veces en que, ya sea por una cuestión voluntaria o porque nos han robado el vehículo, necesitamos dar de baja temporal o definitivamente nuestro coche o moto. Lo mismo que sucede esto, puede ocurrir que nos interese volver a darlos de alta.

Cuando nuestro coche, moto o ciclomotor han pasado a una baja temporal o definitiva, siempre pueden volver a la vida. A este último proceso se le denomina rehabilitación de un vehículo, y es necesario su trámite si queremos volver a circular por cualquier carretera en España.

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Los pasos para rehabilitar un coche o una moto que hemos dado de baja

Tenemos que contemplar dos casos diferentes cuando queramos dar de alta o rehabilitar un vehículo: cuando la baja es temporal o cuando es definitiva.

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Rehabilitación de vehículos con una baja definitiva

La rehabilitación de un coche o una moto se da cuando hemos dado un vehículo de baja definitiva y, por alguna circunstancia, queremos volver a darlo de alta. Las causas para hacer esto pueden ser tres:

1) Rehabilitación tras dar de baja un vehículo por exportación: si te fuiste al extranjero y vuelves a España, puedes recuperar tu matrícula anterior solicitando la rehabilitación de tu coche, moto o ciclomotor.

2) Rehabilitación tras haber adquirido un vehículo en una subasta de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas.

3) Rehabilitar un vehículo anterior al 13 de febrero de 2004: se puede solicitar el alta de un vehículo antiguo que tuvo la baja definitiva antes de esa fecha, pero antes tendrás que pedir una inspección del vehículo por un Laboratorio Oficial que justifique que tiene un interés especial.

Para solicitar la rehabilitación hay que presentar la siguiente documentación:

  • Solicitud oficial de la DGT.
  • Identificación a través de documento oficial, ya sea de personas físicas, jurídicas, menores o incapacitados.
  • Justificante del pago de las tasas correspondientes.
  • Tarjeta de ITV con una revisión aprobada por rehabilitación.
  • Justificante del pago o exención del impuesto de circulación del Ayuntamiento donde esté domiciliado el vehículo.

A partir del momento de la rehabilitación, el vehículo estará en disposición de volver a circular con la matrícula que tuviera antes de ser dado de baja. Pero antes deberás asegurarte de que está al día de la ITV y de tener el seguro en regla. Si la ITV no está al día, has de dirigirte a una estación ITV – en una grúa, nunca conduciéndolo – para realizar una revisión y obtener el informe favorable.

El coste por solicitar la rehabilitación es de 97,80 euros para todos los vehículos salvo para los ciclomotores, que es de 27,30 euros.

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Dar de alta vehículos con una baja temporal

Si tu coche está dado de baja temporalmente siempre puedes volver a darlo de alta (en este caso es incorrecto llamarlo rehabilitación). Para ello, tendrás que tener la ITV y el seguro al día, y haber pagado el impuesto de circulación municipal correspondiente.

Una vez que cumples con estos requisitos debes rellenar esta solicitud, que puedes encontrar en la página web de Tráfico, y pagar las tasas correspondientes, que cuestan 8,50 euros en el caso de que queramos dar de alta un vehículo que se encuentra en una baja temporal

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Preguntas frecuentes

No. Si tu vehículo tiene la ITV caducada y ha estado de baja, debes llevarlo a la ITV en una grúa o a través de cualquier otro medio autorizado para su transporte.

Puedes hacerlo presencialmente personándote en una jefatura de tráfico, en una entidad financiera adherida al pago de tasas o hacerlo por Internet a través de la aplicación del pago de tasas de la DGT. En este caso, debes pagar la tasa 1.1 si tienes un coche o una moto, o la 1.2, si tienes un ciclomotor.

No. Sólo el titular del vehículo o una persona autorizada en su nombre. Para ello, se puede designar un representante a través del registro de apoderamientos de la DGT.

También se puede rellenar el modelo de autorización de la DGT “Otorgamiento de representación” si la gestión se va a realizar en persona (pidiendo antes la cita previa llamando al 060 o a través de Internet). En el caso de que se solicite por teléfono, se debe indicar el DNI del interesado y también el de la persona autorizada.

Tendrás que aportar un contrato o documento notarial que acredite la propiedad. Tendrás que incluir el DNI del propietario y un justificante del pago o exención del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). En su lugar, también puedes presentar una factura como documento acreditativo.

La rehabilitación es sólo cuando el vehículo está de baja definitiva. Si la baja es temporal, sólo tendrás que pedir darlo de alta en la DGT, sin tener que rehabilitarlo, que es un proceso algo más tedioso.

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