¿Conoces la Zona de Bajas Emisiones de Sevilla? A continuación te mostramos las zonas y otros detalles para entrar en la ciudad.
A partir de 2023 y según la medida establecida por la Ley 7/2021 del Cambio Climático y la Transición Energética, 149 municipios españoles estarán obligados a delimitar una Zona de Bajas Emisiones entre sus límites. Entre ellos, está Sevilla, que aprobó en 2022 la Zona de Bajas Emisiones de la Cartuja y que entró en vigor el 1 de enero de 2023.
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¿Qué coches pueden entrar en la ZBE de Sevilla?
Todos aquellos que tengan algún tipo de etiqueta medioambiental de la DGT o que cumplan con alguna de las excepciones contempladas en la normativa de la Zona de Bajas Emisiones de Sevilla.
¿Qué etiquetas pueden entrar en la ZBE de Sevilla?
- Etiqueta Cero (color azul).
- Etiqueta Eco (color verde y azul).
- Etiqueta C (color verde).
- Etiqueta B (color amarillo).
En este enlace puedes leer todos los detalles de los vehículos a los que les corresponde llevar cada una de estas etiquetas.
Los vehículos con estas etiquetas podrán acceder, circular y estacionar en el interior de las zonas delimitadas en el mapa de ZBE en Sevilla.
¿Puedo circular por la ZBE de Sevilla sin etiqueta?
Si circulas fuera del horario restringido de la ZBE de Sevilla, no tendrás problemas para circular o estacionar en ella. Si quieres hacerlo de lunes a viernes, sólo podrás transitar con un coche sin etiqueta medioambiental si cumples con alguno de los requisitos contemplados como excepción. Si no, tendrás que dejar tu coche en los aparcamientos disuasorios de rotación que rodean a la ZBE y utilizar algún tipo de transporte público.
También puedes acceder a la ZBE si cuentas con una plaza de aparcamiento privada previa obtención de “autorización tipo B” de acuerdo con lo establecido en los artículos 13, 14 y 15 de la Ordenanza de Circulación de Sevilla, emitida por el Distrito de Triana.
¿Qué días se puede circular por la ZBE de Sevilla sin etiqueta?
Los sábados, domingos, festivos nacionales, autonómicos o locales de la ciudad de Sevilla en cualquier horario no tendrán la restricción de acceso. Cualquier vehículo podrá circular y aparcar libremente por el interior de la Zona de Bajas Emisiones de Sevilla, independientemente del distintivo ambiental.
¿Qué horario tiene la Zona de Bajas Emisiones en Sevilla?
Desde el 1 de enero de 2023, la ZBE de Sevilla tiene un horario de lunes a viernes no festivos, en horario de 7:00 a 19:00 horas. El acceso se advertirá a través de la señal específica creada por la DGT.
¿Qué otros requisitos debo cumplir para entrar en la ZBE en Sevilla?
Junto con los requisitos y factores principales establecidos por la ley, para poder entrar en la Zona de Bajas Emisiones también se pueden tener en cuenta las siguientes excepciones, siempre que tramites la autorización con una declaración responsable, que puedes conseguir aquí, y que posteriormente debes presentar a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Sevilla o en las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro:
- Acreditados TIPO A (residentes), previa obtención de la acreditación en el Distrito Municipal de Triana.
- Acreditados TIPO B (usuarios plaza garaje en zona restringida), previa obtención de la acreditación en el Distrito Municipal de Triana.
- Motocicletas y ciclomotores.
- Bicicletas, ciclos y ciclos de pedaleo asistido y vehículos de movilidad personal.
- Vehículos que transporten o recojan a personas de movilidad reducida, con registro previo de la persona titular de la tarjeta PMR y comunicación o autorización previa al acceso de vehículos, en la que indicará matrícula del mismo en la declaración responsable. Es necesario rellenar el Modelo M021.
- Vehículos vinculados a la actividad económica de empresas ubicadas en el interior de las zonas indicadas, previa autorización expresa otorgada por la Dirección General de Movilidad del Ayuntamiento de Sevilla. Es necesario rellenar el Modelo M022.
- Vehículos de emergencias y asistencia sanitaria, siempre y cuando su uso se encuentre debidamente recogido en los dos últimos dígitos del código de clasificación en la ficha técnica del vehículo. En caso contrario se gestionará la declaración responsable con el Modelo M023.
- Vehículos con destino a alguno de los estacionamientos de uso público en régimen de rotación ubicados en el interior de las zonas indicadas, siendo el destino cotejado a través de las matrículas captadas por un sistema de reconocimiento.
- Vehículos que transporten pacientes para su atención por motivo de urgencias o alta hospitalaria, mediante justificación de tales circunstancias en las 48 horas siguientes al acceso a la zona afectada. Es necesario presentar el Modelo M024.
- Vehículos destinados a transporte público de viajeros en vehículos de turismo (Taxi y VTC).
- Vehículos de servicios municipales, con autorización previa de la Delegación de Movilidad.
- Vehículos blindados de transporte de fondos y gestión de efectivo.
- Vehículos de servicios médicos acondicionados para funciones sanitarias.
- Vehículos funerarios.
- Grúas de asistencia en carretera.
- Vehículos taller.
- Vehículos de RTV.
- Vehículos nupciales, previa autorización otorgada por la Dirección General de Movilidad del Ayuntamiento de Sevilla.
- Vehículos de transporte de personas a centros de estancia diurna.
Existen algunas excepciones más que puedes consultar directamente en la web del Ayuntamiento de Sevilla.