Multa por pronto pago

Sí, pasaste por un radar a más velocidad de lo permitido y, lamentablemente, sabes que antes o después te llegará la multa a casa. Es posible que tenga algún tipo de defecto de forma y tengas la opción de recurrir la sanción. Sin embargo, si todos los datos están bien y la matrícula y el coche se ven correctamente en la foto, lo más lógico es que pagues la multa directamente.

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Cuanto antes te libres de la carga económica, mejor. De esta forma, podrás optar por el descuento de la multa por pronto pago. En concreto, si la pagas antes de los 20 días naturales desde que recibes la notificación tendrás una reducción del 50 % de la sanción. Es decir, que si recibiste una multa por exceso de velocidad por valor de 200 euros, al recurrir la multa por pronto pago sólo tendrás que desembolsar 100 euros, y así con otro tipo de infracciones que implican diferente cuantía.

La responsable de la asistencia jurídica del RACE, recuerda que si te decantas por la multa por pronto pago perderás la posibilidad de solicitar alegaciones para recurrir la multa una opción que, por ser Socio del RACE, nosotros lo hacemos por ti.

¿Todas las multas tienen descuento por pronto pago?

En la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad se explica que sólo si la infracción es leve (hasta 100 euros) o grave (hasta 500 euros) existe la multa por pronto pago. Si la infracción es muy grave (desde 500 euros) no existe un descuento, así que no todas las multas tienen descuento por pronto pago.

En el artículo 77 de la ley mencionada se enumeran las conductas tipificadas por las que hay que pagar la cantidad total de la multa. A continuación, nombramos algunas de los 26 tipos de infracciones que aparecen mencionadas:

  • Circular con un vehículo cuya carga ha caído a la vía, por su mal acondicionamiento, creando grave peligro para el resto de los usuarios.
  • Conducir con tasas de alcohol superiores a las que reglamentariamente se establezcan, o con presencia en el organismo de drogas.
  • Conducción temeraria.
  • Circular en sentido contrario al establecido.
  • Participar en competiciones y carreras de vehículos no autorizadas.
  • Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico.
  • Conducir un vehículo careciendo del permiso o licencia de conducción correspondiente.
  • Circular con un vehículo que incumpla las condiciones técnicas que afecten gravemente a la seguridad vial.
  • Arrojar a la vía o sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes.
  • Incumplir la obligación de todos los conductores de vehículos, y de los demás usuarios de la vía cuando se hallen implicados en algún accidente de tráfico o hayan cometido una infracción, de someterse a las pruebas que se establezcan para la detección de alcohol o de la presencia de drogas en el organismo.

¿Qué medios existen para pagar una multa por pronto pago?

Dependiendo del organismo que te haya sancionado, las vías de pago serán distintas.

  • Si te pone una multa la Dirección General de Tráfico (DGT) existen cuatro formas de pago:
    • Por Internet, a través de la web de la DGT.
    • Por teléfono, llamando al 060 o si estás en el extranjero, a través del teléfono +34 902 887 060.
    • Desde la aplicación miDGT.
    • De forma presencial: en sucursales y cajeros de Caixabank, en cualquier oficina de correos o en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico.
    • Si la Guardia Civil te para en el momento de la infracción puedes pagar la multa por pronto pago en el momento con tarjeta de crédito o débito.
  • Si te pone la multa un ayuntamiento. Te ponemos el ejemplo del Ayuntamiento de Madrid:
    • Por internet, a través de la web madrid.es/multas.
    • Por teléfono, en los números 010 o 91 529 82 10.
    • En una oficina bancaria: puedes pagar la multa en el BBVA, el Banco Sabadell, Caixabank o Ibercaja Banco.
    • Por correo postal: remite un cheque nominativo y conformado a favor del Ayuntamiento de Madrid a la Subdirección General de Gestión de Multas de Circulación (Calle Albarracín, 33 – 28037 Madrid) indicando la matrícula y la referencia del expediente que aparece en la multa.

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