Cuando circulas en coche o en moto, si incumples las normas del Reglamento General de Circulación te pueden poner una multa por muchos motivos: exceso de velocidad, aparcamiento y otros tipos más curiosos. En la mayoría de los casos, si están justificadas y demostradas vas a tener que pagar la sanción que corresponda y no es recomendable que no la pagues o te buscarás problemas mayores. Sin embargo, si no estás de acuerdo con la amonestación tienes la opción de reclamar la multa. Ahora bien, ¿sabes cómo recurrir una multa?
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¿Cómo recurrir una multa paso a paso?
La responsable de la asistencia jurídica del RACE asegura que los recursos no están hechos para gente letrada, es decir, no es necesario contratar a un abogado para hacer la reclamación de una multa. No obstante, si necesitas ayuda, por ser Socio del RACE tienes un servicio de aviso y gestión de multas con el que también te ayudamos a recurrir la sanción.
El procedimiento administrativo para recurrir una multa es único, aunque dependiendo del organismo que firme la multa (Dirección General de Tráfico, Ayuntamientos…) el tipo de recurso es uno u otro.
¿Cómo recurrir una multa que te ha interpuesto la DGT?
- Una vez que te llega la notificación de la multa de la DGT, si no estás de acuerdo puedes presentar alegaciones dentro de los 20 días naturales a partir del momento en que te comunican la sanción. Si te pasas de este plazo sólo puedes solicitar un recurso de revisión siempre que haya un error.
- Ten en cuenta que si realizas alegaciones vas a perder la reducción del 50% de la sanción. Esto hace que en muchos casos la persona que quiere presentar las alegaciones no se aventure a la reclamación si ve que no tiene la opción de ganar el recurso.
- En la alegación debes presentar pruebas diferentes a las que recogió el agente que te denunció.
- Puedes presentar las alegaciones en la web de la DGT, por correo postal (con dirección a una jefatura de tráfico o al Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas) o en una jefatura de tráfico.
- A la hora de realizar las alegaciones tiene que aparecer, al menos:
- El número de expediente sancionador.
- Datos del interesado.
- Las alegaciones.
- Firma del interesado.
- Una vez que presentas la alegación tienes que esperar a que el organismo te conteste:
- Si la resolución es favorable, la sanción se suspende y se hace un sobreseimiento de la denuncia.
- Si no es favorable, tendrás que pagar la sanción completa sin pronto pago o seguir reclamando con un recurso de reposición.
- A la hora de hacer un recurso de reposición debes tener en cuenta que:
- Tienes un mes de plazo desde que te notifican la resolución de la alegación.
- Si la sentencia sigue siendo firme y negativa para tus intereses puedes acudir a un juez a través de un recurso contencioso-administrativo. Aquí ya necesitarás la ayuda de un abogado.
¿Cómo recurrir una multa del ayuntamiento o una comunidad autónoma?
El procedimiento para recurrir la multa ante un ayuntamiento o una comunidad autónoma es el mismo que hemos explicado anteriormente, aunque con algunos detalles diferentes:
- En lugar de los 20 días, hay ayuntamientos que permiten sólo 15 días naturales para las alegaciones. Esto viene indicado en la propia notificación que te llega al domicilio y está regulado en la Ley 39/2015 del procedimiento administrativo.
- En algunos ayuntamientos se hace un recurso de reposición (se lleva a estudio ante el mismo organismo que te lo ha dictado) o un recurso de alzada (se eleva la reclamación a un organismo superior).
Es importante conocer las fechas que tiene cada ayuntamiento y hacer la reclamación dentro del plazo. Si no, puede que a través de la vía administrativa no consigas nada e ir a un contencioso suele ser más costoso que la propia multa, de ahí que tengas que estar muy atento a la hora de ver cómo recurrir la multa del ayuntamiento. Como referencia, aquí tienes la explicación de cómo tendrías que presentar un recurso ante una multa si vives en Madrid y aquí el documento de la solicitud de recurso que tendrías que rellenar.
¿Merece la pena pagar con el descuento del 50 %?
Todo va a depender de las opciones reales que tienes de ganar un recurso. En los siguientes casos sí te merece la pena pagar con el descuento y evitar las alegaciones:
- La infracción está claramente probada (la foto es nítida, la calibración del radar es la correcta…).
- No detectas fallos formales en la notificación: el nombre, la matrícula del vehículo, la fecha… todo es correcto.
- La multa es de importe moderado: si decides recurrir vas a tener que dedicar tiempo y esfuerzo a enfrentarte contra la administración. Si la cantidad no es mucha, debes valorar si te compensa esta dedicación.
¿Cuáles son los motivos más frecuentes para recurrir una multa?
Los motivos más comunes por los que se puede recurrir una multa están relacionados con los defectos de forma, es decir, con los posibles errores que puedan surgir a la hora de comunicar la denuncia.
Es posible que el lugar de la infracción que se indica no sea el correcto, que la matrícula no coincida con tu vehículo, que el color o el modelo no sea el de tu coche o moto, que la hora no corresponda o que la fecha esté confundida. Son errores menores que pueden invalidar la sanción.
Preguntas frecuentes
Resolvemos algunas de las dudas más comunes sobre el recurso de multas.
¿Se pueden recurrir todas las multas?
En principio, sí puedes recurrir cualquier multa administrativa, incluidas las de tráfico impuestas por la Dirección General de Tráfico. Ahora bien, otra cuestión distinta es que el recurso prospere.
Hay supuestos en los que recurrir tiene poco recorrido (por ejemplo, cuando la infracción está perfectamente acreditada con pruebas sólidas), pero el derecho a recurrir existe siempre dentro del procedimiento administrativo.
La única ocasión en la que no podrás recurrir es cuando hayas pagado voluntariamente la sanción y aceptado el pronto pago del 50 %.
¿Por qué motivos puedo recurrir una multa?
Los motivos más habituales se basan en defectos formales o falta de pruebas. Algunos ejemplos de esto pueden ser:
- Que haya algún error en los datos de la multa: puede haberse apuntado mal la matrícula, la fecha, la hora, el lugar, etc.
- Si no se notifica en plazo la notificación.
- La falta de identificación del conductor cuando es obligatoria.
- Que las pruebas sean insuficientes o inexactas: foto poco clara, un radar mal calibrado, etc.
- Si la infracción ha prescrito.
¿Cuánto vale recurrir una multa?
Si recurres por tu cuenta no te cuesta nada presentar alegaciones o recursos por la vía administrativa. Sin embargo, si recurres a un abogado o a una gestoría, ya tendrás que pagar sus honorarios, que serán menores o mayores dependiendo de la complejidad del caso.
¿Cuánto tiempo hay para recurrir una multa de la DGT?
El plazo para recurrir una multa se define de la siguiente forma:
- Tienes 20 días naturales desde la notificación de la multa para realizar la primera alegación. Si es negativa, puedes presentar un recurso de reposición.
- Si tras el primer recurso la resolución sigue siendo desfavorable, tienes un mes para presentar otro recurso desde el anuncio de esta resolución.
- Si sigue siendo desfavorable (porque se ha emitido una resolución o porque hay un silencio administrativo, ya tendrás que pasar en el plazo de dos meses a la vía contencioso-administrativa, es decir, deberás acudir a los tribunales.
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