Multa sin notificar

Es muy posible que antes o después de tu vida como conductor te hayan puesto una multa. Existen muchos tipos de multas, pero todas tienen un común denominador: dependiendo de la gravedad de la infracción tendrás que pagar más o menos por ellas (a veces incluye la retirada de algún punto del carnet). En ese caso, si eres socio del RACE puedes utilizar el servicio de aviso y gestión de multas.

Con el RACE, podrás localizar fácilmente todas tus sanciones y evitar que el importe aumente.
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Si te preguntas qué pasa si no pagas una multa, la respuesta es sencilla: la autoridad competente, primero, intentará por activa o por pasiva que pagues la cantidad pendiente; si no lo haces, o no puedes, existen otras vías de castigo que se te aplicarán. En cualquier caso, no te librarás fácilmente de pagarla..

¿Qué hacer ante una multa? Te lo explicamos paso a paso

  • Comprueba los datos: si has recibido una multa por correo ordinario o por notificación electrónica (el correo electrónico no es válido y puede ser un fraude), tienes que revisar los datos del vehículo, quién te ha puesto la multa, la explicación de los hechos y el importe de la sanción. Si no están bien, debes ponerte en contacto con la DGT, con la Comunidad Autónoma (Cataluña, País Vasco o Navarra) o con el Ayuntamiento que te haya amonestado.
  • Si tú no llevabas el coche, identifica al conductor (sobre todo si implica retirada de puntos):
    • Si no eras el conductor, tienes un plazo de 10 días desde que te notifican la infracción para decir quién iba conduciendo.
    • Si no identificas al conductor y la sanción conlleva retirada de puntos, te pueden sancionar.
  • Si todos los datos están bien, puedes reclamar la multa (un servicio que incluimos en el RACE a nuestros socios), si no estás de acuerdo, o pagarla.
    • Tienes 20 días naturales para pagar con reducción del 50%, aunque si haces la reclamación esta opción la pierdes.
    • Tras esos 20 días tendrás que pagar el 100% de la sanción en un plazo de 45 días después de que hayas recibido la notificación. Es decir, 25 días después de los 20 naturales. Aquí ya no puedes hacer ninguna reclamación a no ser que la denuncia tenga un error.

La vía ejecutiva: pagar la multa con un 5% de recargo

En caso de no pagar después de los 45 días se abre la vía ejecutiva. Esto implica que, como conductor sancionado, debes pagar la multa más un recargo del 5%.

Intervención de la agencia tributaria en caso de no pagar la multa dentro del plazo de la vía ejecutiva

Si con la vía ejecutiva y ese 5% de recargo sigues sin pagar, la Agencia Estatal de la Administración Tributaria se hace cargo. A través de una notificación de providencia de apremio te darán un nuevo plazo, pero con un recargo del 20%.

Inicio de un procedimiento de embargo en caso que el infractor no pague la multa

Si con todo el proceso anterior sigues sin pagar la deuda, el siguiente paso es un procedimiento de embargo de los bienes. Lo normal es que retiren el dinero de la cuenta corriente, de la pensión o del salario. Si no, ya se pasa al embargo de los inmuebles o propiedades que puedan cubrir la deuda.

Si la multa es administrativa (si te llega a casa la multa es de este tipo) y te consideras insolvente, no tendrás que ir a la cárcel, aunque seguirás acumulando la deuda hasta que vuelvas a tener ingresos o algún bien. Sólo si la multa es de carácter penal y delictivo un juez puede dictaminar que puedas ingresar en prisión.

Y si te estás preguntando si las multas prescriben, la Ley de Seguridad Vial en el artículo 112 explica que para las infracciones leves la prescripción es de 3 meses, mientras que para las graves y muy graves es de 6 meses. Esto es desde el momento en que cometiste la infracción hasta que te la notificaron.

En el RACE, te ayudamos a recurrir tus multas y te pagamos los cursos para que recuperes los puntos.
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