En España es obligatorio que tu coche tenga, como mínimo, un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños a terceros. Así lo exige la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (Ley 21/2007). Sin embargo, en casos muy concretos se puede recurrir una multa por no tener el seguro obligatorio.
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¿En qué casos puedes recurrir una multa por no tener el seguro obligatorio?
Normalmente, si te sancionan por no tener el seguro obligatorio (uno de los tipos de multas más comunes en España), vas a tener que pagar la multa, ya que se considera una infracción muy grave que implica una sanción de entre 601 y 3.005 euros. No obstante, es posible recurrir la multa por no tener seguro en los siguientes casos:
Si hay un error en la notificación de la sanción
Pueden ocurrir distintos escenarios:
- La multa no se entrega en el tiempo legal
- La información del coche o el conductor no es la correcta
El plazo para que te comuniquen una multa es de 3 meses, si la infracción es leve, y de 6 meses si es grave o muy grave, como sucede con la falta del seguro obligatorio. Si llega fuera de este tiempo, la sanción debe prescribir.
Importante: la Dirección General de Tráfico (DGT) sólo notifica las multas a través de correo postal (con posterior envío al Tablón Edictal si no te han encontrado en tu domicilio) o a través de una notificación electrónica en la Dirección Electrónica Vial (DEV). Si llega por otras vías, la notificación no es válida y, por tanto, puedes recurrir la multa.
Pueden estar equivocados los datos del vehículo. Aquí hay que revisar la matrícula, marca, modelo, color o cualquier otro detalle que esté incluida en la denuncia y que no corresponda con tu coche o moto.
También puede haber un error con los datos del conductor: si tu DNI, NIE, número de pasaporte o incluso el propio nombre del conductor no están bien indicados, también puedes recurrir la sanción.
Igualmente, revisa si en la fecha de la denuncia el vehículo estaba correctamente asegurado. Busca el contrato de la póliza y los recibos del banco para demostrarlo.
Si el vehículo no está bien registrado en el FIVA
Si tu coche tiene seguro, pero la aseguradora no lo registró bien en el Fichero Informático de Vehículos Asegurados (FIVA), también puedes recurrir la multa por no tener seguro. Son las compañías de seguros las encargadas de informar de que tu coche está registrado, como mínimo, con un seguro de responsabilidad civil.
Aunque no debería ocurrir, es posible que durante la comunicación de los datos de tu vehículo haya habido alguna confusión y que los números o letras de la matrícula registrados en el FIVA, el fichero donde la Policía consulta si un vehículo está asegurado, no sean los correctos. En ese caso, también podrás recurrir la multa y, para ello, tendrás que solicitar una notificación de tu error a tu aseguradora para poder presentar esa prueba en la primera alegación de la sanción.
Si el coche está dado de baja
Si el vehículo tiene una baja temporal o definitiva, no tienes que tener el seguro contratado siempre y cuando lo tengas en una propiedad privada (si es en la vía pública sí que necesitas tener un seguro de responsabilidad civil). En tal caso, si te llega una denuncia puedes explicar las razones para recurrir la multa.
El proceso para recurrir una multa por no tener seguro
Te explicamos, paso por paso, cómo recurrir una multa.
- Una vez que te has asegurado de que la multa se puede recurrir y no quieres pagarla dentro del plazo de los 20 días naturales desde la notificación, por la que tienes derecho a una reducción del 50 % por pronto pago, debes presentar una alegación en los mismos 20 días naturales en la web de la DGT, por correo o en una jefatura u oficina de Tráfico. Según la DGT, “debes aportar datos nuevos o distintos de los constatados por el agente que te denunció”. En este caso, debes demostrar que el coche tiene el seguro obligatorio o que algunos datos de la denuncia no son correctos. Aquí puedes descargar el impreso de alegaciones (es el mismo que el recurso de reposición).
- Si la alegación es favorable, se realiza un sobreseimiento de la denuncia. Si se desestima, entonces tendrás que presentar un recurso de reposición en un plazo de un mes desde la notificación de la resolución de la alegación.
- Si la sentencia del recurso es desfavorable y sigues sin estar de acuerdo, te quedará reclamar por la vía judicial a través de un recurso contencioso-administrativo, en cuyo caso tendrás que acudir a los servicios de un abogado y un procurador.
Si tienes dudas en todo este proceso, recuerda que por ser Socio del RACE te informamos de si tienes multas de tráfico y te asesoramos a la hora de escribir las alegaciones o los recursos.
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