Dar de baja temporal un coche

Tener un vehículo implica unos gastos de mantenimiento que debes pagar para poder circular con él. Sin embargo, puede que te vayas durante un tiempo a otro país, que hayas vendido tu vehículo a un concesionario o que no vayas a utilizar tu vehículo por alguna otra razón. En ese caso, debes dar de baja temporal tu vehículo.

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Al dar de baja temporal el vehículo, no es necesario pagar el impuesto de circulación, el seguro de responsabilidad civil ni tener la ITV en vigor, siempre que el vehículo esté estacionado en un lugar privado (si está en la vía pública sí que debe tener el seguro y la ITV en vigor). Cualquier vehículo puede darse de baja temporal en la Dirección General de Tráfico (DGT) y para ello debes pasar por un proceso que es relativamente fácil, aunque te lleve algo de tiempo. Si existe un precinto judicial o administrativo, tendrás que cancelarlo antes de realizar el trámite.

¿Qué vías tienes para dar de baja temporal un coche en la DGT?

Existen dos formas de solicitar la baja temporal de un coche en la Dirección General de Tráfico:

  • Por Internet: a través de la aplicación o la web de la DGT podrás hacer la solicitud, aunque luego tendrás que personarte en la DGT para presentar los impresos oficiales. En una semana te llegará un justificante de la baja en un correo electrónico que indiques.
  • De forma presencial: tienes que pedir cita previa a través de la web de la DGT o llamando al 060. Cuando tengas la fecha, tendrás que presentarte en una jefatura u oficina de Tráfico.

¿Qué necesitas para dar de baja temporal un coche?

  1. Si lo haces por Internet:
    • Es necesario disponer de certificado digital, DNI electrónico o credenciales de cl@ve.
    • Rellenar y presentar la solicitud de baja temporal que puedes conseguir a través de la web.
    • Pagar la tasa 4.1 correspondiente (8,67 € en 2023).
  2. Si lo haces de forma física:
    • Presenta tu DNI o pasaporte en la jefatura de Tráfico.
    • Rellena el impreso de la solicitud de baja temporal, que te proporcionarán en Tráfico.
    • Presenta el justificante de pago de la tasa.

Para evitarte el papeleo y la dedicación de tiempo que supone ir a la DGT, por ser Socio del RACE nosotros nos encargamos de todo.

¿Cuánto tiempo puede estar un coche de baja temporal?

Antiguamente, no había un límite de tiempo máximo para tener un vehículo dado de baja temporal. Sin embargo, con el Real Decreto 265/2021, de 13 de abril, sobre los vehículos al final de su vida útil, se estableció un límite máximo de un año para tener un vehículo de baja temporal. La razón, según la DGT, es que antiguamente se producía un uso abusivo de la baja temporal en algunos talleres para así evitar tener que llevar un vehículo a un Centro Autorizado de Tratamiento (CAT).

Pasado el plazo de un año, si el titular del vehículo no solicita otra prórroga, automáticamente el vehículo volverá a estar en activo y el dueño tendrá que pagar de nuevo el impuesto de circulación, además de tener la ITV en vigor y el seguro de responsabilidad civil en regla.

Si necesitas más de un año de baja temporal del vehículo, puedes solicitar una prórroga de un año, siempre que lo hagas con un máximo de dos meses antes de la finalización de la baja. No existe un límite de prórrogas para pedir la baja temporal del vehículo, pero siempre debes solicitarla con la antelación que te hemos indicado.

Supuestos especiales para dar de baja temporal un vehículo

Baja temporal para vehículos robados

Si te han robado el vehículo, debes denunciarlo ante los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. Si haces este paso no tendrás que personarte en la DGT y tampoco tendrás que pagar la tasa 4.1. La propia Policía comunicará la sustracción y se dará automáticamente de baja temporal el vehículo. En este caso, la vigencia no es de un año, sino que tiene un carácter indefinido. Si recuperas el vehículo, la misma Policía dará de alta nuevamente el vehículo.

Baja temporal para vehículos agrícolas

Si tienes un vehículo agrícola y quieres su baja temporal, antes de ir a la DGT debes acudir al Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA) de la Comunidad Autónoma donde esté domiciliado el vehículo. Ahí te darán un documento acreditativo que deberás presentar posteriormente en la DGT. No obstante, esta acreditación se puede sustituir por la verificación electrónica en la correspondiente Comunidad Autónoma.

Baja temporal por venta de una moto a un compraventa

Si vendes tu moto a un compraventa, la DGT ofrece la opción de baja temporal por entrega a compraventa, una figura creada para que los concesionarios no tuviesen que transferir todos los vehículos a su nombre, aunque la responsabilidad de la moto recae sobre ellos, tanto a nivel legal como tributario. Cuando la moto se vende a un nuevo usuario es cuando se realiza el cambio de titularidad definitiva y se vuelve a dar de alta el vehículo con todas las obligaciones que eso conlleva (impuesto de circulación, ITV y seguro a terceros).

¿Y si quiero dar de alta un coche con baja temporal?

En cualquier momento puedes volver a dar de alta un vehículo con baja temporal, aunque para volver a circular con él debes tener la ITV al día (recuerda que por ser Socio del RACE puedes disfrutar de un servicio de ITV a domicilio) y tener pagado el impuesto de circulación del año en el que estás (la DGT comunica al ayuntamiento el alta y éste te pasará el impuesto), además de tener un seguro contratado.

Puedes hacer la solicitud a través de la web de la DGT o personándote en cualquier jefatura u oficina de tráfico (antes necesitarás solicitar una cita previa llamando al 060). Debes rellenar esta solicitud y pagar la tasa 4.1. No olvides guardar el justificante de pago porque te lo pedirán al dar de alta el coche con baja temporal. Cuando hagas este trámite, te enviarán un nuevo permiso de circulación por correo ordinario al cabo de unos días.

Si en lugar de tener un vehículo con baja temporal el vehículo tiene una baja definitiva y quieres rehabilitarlo, en esta información te explicamos cómo volver a dar de alta el coche.

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