Vender un coche embargado es legal, pero no siempre resulta tan sencillo como una compraventa convencional. Antes de poner el vehículo a la venta es importante comprobar qué tipo de embargo tiene, si existen deudas pendientes y qué información debe conocer el comprador para evitar problemas durante el cambio de titularidad.

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Qué debes saber antes de vender un coche embargado

Si vas a vender un coche sobre el que pesa un embargo, conviene comprobar primero qué tipo de carga tiene el vehículo y si existen deudas pendientes. También es fundamental informar al comprador de esta circunstancia, ya que actuar con transparencia evitará incidencias durante el cambio de titularidad y posibles conflictos una vez formalizada la compraventa.

Eso sí, hay algo que conviene tener claro desde el primer instante: aunque vender un coche embargado no constituya una infracción, el embargo seguirá afectando al vehículo hasta que se cancele la deuda o la obligación que lo originó. Por eso, tanto el vendedor como el comprador deben conocer la situación administrativa del coche antes de formalizar la compraventa.

Entre las causas más habituales por las que un vehículo puede ser embargado se encuentran las siguientes:

  • Impago de préstamos, créditos u otras deudas financieras.
  • Deudas con la Administración, como multas o procedimientos de apremio.
  • Resoluciones judiciales derivadas de reclamaciones económicas o litigios pendientes.
  • Otros procedimientos administrativos en los que el vehículo se utilice como bien susceptible de embargo.

Tampoco puedes pasar por alto las consecuencias asociadas de transferir un coche embargado a otro conductor. Pese a que el vehículo pueda seguir circulando con normalidad, hay flecos legales de los que conviene estar al tanto, como por ejemplo:

  • El embargo no desaparece de manera automática: si no cancelaste la deuda, seguirá afectando al turismo después del cambio de titular.
  • Comprobar si existe alguna otra limitación: no es lo mismo enfrentarte a un embargo que a otras situaciones específicas, como una reserva de dominio. En este último caso, y aunque el vehículo sea nuevo o de segunda mano, no lo podrás vender, darlo de baja o cambiar el nombre a otro titular a menos que hayas pagado la financiación del mismo.

¿Cómo vender un coche embargado? El paso a paso para lograrlo con éxito

Lo más conveniente a la hora de vender un turismo bajo embargo es comprobar el alcance del embargo y si existen otras cargas. Para ello puedes consultar tanto la Dirección General de Tráfico como el Registro de Bienes Muebles, aunque cada uno ofrece información diferente.

  • Hacer una consulta en la Dirección General de Tráfico: puedes solicitar un informe para contrastar si existe sobre tu vehículo cualquier embargo, precinto u otro tipo de cargas que afecten a la transferencia de su titularidad. Este trámite puede hacerse a través de una gestoría (con un sobrecoste), de forma presencial o directamente en la sede electrónica de la DGT, identificándote con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
  • Informarse mediante el Registro de Bienes Muebles: si necesitas conocer con mayor detalle la situación jurídica del vehículo, este registro ofrece información sobre embargos, reservas de dominio y otras cargas inscritas. Para obtener el informe es necesario solicitarlo a través del Colegio de Registradores y abonar la tasa correspondiente.

Primer paso para vender un coche embargado: informa al comprador

La transparencia es fundamental en este tipo de operaciones. El comprador debe conocer desde el principio que el vehículo está embargado y aceptar expresamente esta circunstancia antes de formalizar la compraventa. Lo más recomendable es dejar constancia por escrito de esta información para evitar futuras reclamaciones.

Segundo paso: redacta correctamente el contrato de compraventa

El contrato debe incluir los datos del comprador y del vendedor, la identificación del vehículo, el precio acordado y la fecha y hora de la operación. Además, es aconsejable incorporar una cláusula específica en la que se describa el embargo o cualquier otra carga que pese sobre el vehículo y conste que el comprador ha sido informado.

Tercer paso: comprobar si existe una reserva de dominio

Aunque no todos los coches embargados la tienen, es importante verificar si sobre el vehículo pesa una reserva de dominio. En ese caso, será necesario cancelarla antes de que la transferencia pueda completarse con normalidad. Esta gestión se realiza una vez liquidada la financiación y mediante los trámites correspondientes en el Registro de Bienes Muebles.

Cuarto paso: tramita el cambio de titularidad en la DGT

Una vez formalizada la compraventa, el comprador deberá solicitar el cambio de titularidad en la DGT dentro del plazo establecido. Además, como vendedor, es recomendable presentar una notificación de venta para dejar constancia de la transmisión y evitar posibles responsabilidades derivadas del uso posterior del vehículo.

Preguntas frecuentes

A continuación respondemos a algunas de las dudas más frecuentes:

¿Existen las mismas opciones de venta con un coche embargado por un acreedor privado que por uno público?

No necesariamente. Aunque la venta de un coche embargado puede ser posible tanto si el acreedor es una entidad privada como si es un organismo público, las condiciones dependerán del procedimiento de embargo y de las medidas adoptadas sobre el vehículo. En algunos casos será posible transmitirlo si el comprador acepta expresamente el embargo y se cumplen los requisitos exigidos por la DGT; en otros, si el procedimiento de ejecución continúa, el vehículo podría acabar siendo subastado para satisfacer la deuda.

¿Se puede vender un coche libre de cargas en situación de baja temporal?

No. Un vehículo dado de baja temporal no puede transferirse mientras mantenga esa situación administrativa. Antes de formalizar la compraventa, el vendedor deberá darlo de alta nuevamente y cumplir el resto de requisitos exigidos para el cambio de titularidad, como tener abonado el impuesto de circulación del año anterior, no mantener sanciones pendientes que impidan la transferencia y, en su caso, haber resuelto las limitaciones que afecten al vehículo.

¿Qué significa que un vehículo se encuentre precintado?

El precinto es una medida acordada por una autoridad judicial o administrativa que impide utilizar o disponer del vehículo hasta que desaparezca la causa que lo motivó, normalmente el pago de una deuda o el cumplimiento de una resolución. A diferencia del embargo, el precinto puede impedir tanto la circulación como el cambio de titularidad mientras permanezca vigente.

¿Qué documentos se necesitan para cancelar la reserva de dominio de un coche?

Lo primero es haber terminado de pagar la financiación del vehículo. Después, tendrás que solicitar a la entidad financiera el documento que acredita que la deuda está cancelada y presentarlo, junto con la documentación necesaria, en el Registro de Bienes Muebles para eliminar la reserva de dominio. Una vez completado este trámite, el vehículo podrá transferirse sin esa carga.

¿Qué tipos de informes sobre un vehículo se pueden pedir a través de la DGT?

La DGT permite solicitar distintos informes sobre un vehículo, según la información que necesites consultar. El informe completo es el más útil si vas a comprar o vender un coche, ya que recoge datos como la existencia de embargos, precintos, reservas de dominio u otras incidencias que puedan afectar a la transmisión. Además, también puedes solicitar otros informes, como el reducido (gratuito), el de datos técnicos, el de titularidad o el de vehículos sin matricular.

¿Se pueden comprar en subasta coches embargados?

Sí. En España pueden adquirirse coches embargados a través de subastas organizadas tanto por organismos públicos como por entidades privadas. En algunos casos es posible encontrar vehículos a precios inferiores a los del mercado de segunda mano, aunque antes de pujar conviene revisar bien el estado del coche, las condiciones de la subasta y si mantiene alguna carga o limitación.

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