Qué pasa ni no pago impuesto de cicrulación

El impuesto de circulación es un tributo obligatorio que hay que pagar de forma anual al ayuntamiento en el que está registrado tu vehículo. Pero, ¿qué pasa si no pago el impuesto de circulación? Dependiendo del tiempo que tardes en pagar, si lo haces fuera del plazo voluntario, el ayuntamiento te reclamará el importe con un recargo añadido, cuya cantidad viene estipulada en la Ley General Tributaria.

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¿Cuáles son las consecuencias de no pagar el impuesto de circulación?

El pago del impuesto de circulación tiene un período voluntario que suele abarcar los meses de abril, mayo y junio. Si no has liquidado la deuda en este plazo, se inicia un proceso ejecutivo con una deuda de apremio que conlleva diferentes recargos. En el artículo 28 de la Ley General Tributaria vienen especificados los porcentajes de los recargos del período ejecutivo:

  1. Recargo ejecutivo del 5 %: se aplica cuando la cantidad principal de la deuda se paga después de que finalice el período voluntario y antes de la notificación de la providencia de apremio.
  2. Recargo de apremio reducido del 10 %: se da cuando liquidas la deuda que no pagaste en el período voluntario y el propio recargo tras haber recibido la notificación del recargo de apremio antes de la finalización del plazo indicado en el artículo 62.5 de la Ley General Tributaria.
  3. Recargo de apremio ordinario del 20 %: se da en el resto de los casos y, además, hay que pagar intereses de demora (en los anteriores casos no te los van a reclamar).

Si no cubres el recargo de apremio, el siguiente paso ya es el embargo de bienes:

  • El saldo de tus cuentas bancarias.
  • Devoluciones de Hacienda.
  • Tu nómina o pensión.
  • Bienes materiales como el propio coche (lo pueden llegar a subastar para cubrir la deuda).

Además, es importante saber que el importe del impuesto puede variar según el tipo de vehículo. Por ejemplo, los coches híbridos pagan impuesto de circulación, aunque en muchos municipios se aplican bonificaciones o reducciones para este tipo de automóviles. Si tienes uno, es posible que el importe a pagar sea menor.

¿Prescribe la deuda si no he pagado el impuesto de circulación?

Sí, la deuda puede prescribir a los cuatro años desde el último día del año en que se devengó. Si eso ocurre, el ayuntamiento pierde el derecho a reclamar el dinero o los bienes. Sin embargo, el plazo se interrumpe cada vez que te notifican el cobro o cuando vas a realizar algún trámite.

Por ello, lo más común es que el ayuntamiento se encargue de que no prescriba la deuda y devuelvas lo que corresponde más intereses, si el recargo es del 20%. Por este motivo, lo más recomendable es que pagues en el plazo voluntario para evitar males mayores. Si no recuerdas en qué estado tienes este impuesto, aquí te explicamos cómo saber si has pagado el impuesto de circulación.

Preguntas frecuentes

Resolvemos las dudas más frecuentes sobre el impago del impuesto de circulación.

¿Qué pasa si un año no pago el impuesto de circulación?

Si no pagas un año, el ayuntamiento iniciará un procedimiento de recaudación que incluye recargos e intereses. Si la deuda persiste, puede pasar a la vía ejecutiva y derivar en último término en embargos. Además, tendrás problemas para realizar trámites administrativos con el vehículo.

¿Cuál es la multa por no pagar el impuesto de circulación?

Un agente de policía no te puede poner una multa por no pagar el impuesto de circulación. Sin embargo, eso no te exime de pagar la deuda que vayas acumulando con el ayuntamiento. Si no la pagas en el período voluntario, puede acarrear varias consecuencias administrativas y económicas. Aunque no es un delito penal, sí genera problemas que conviene evitar como los recargos e intereses de demora de hasta el 20 % o incluso el embargo de tus bienes.

¿Qué pasa si se pasa el plazo del impuesto de circulación?

Si se te pasa el plazo voluntario de pago, entras automáticamente en un periodo ejecutivo. A partir de ahí:

  • Se aplican recargos.
  • Empiezan a acumularse intereses de demora.
  • Puedes recibir notificaciones de apremio.
  • Existe el riesgo de embargo si no regularizas la situación.

En definitiva, conviene pagar cuanto antes para evitar que la deuda aumente y se complique la situación administrativa con el Ayuntamiento.

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