Un ciclomotor es un vehículo de dos o tres ruedas provisto de un motor con una cilindrada que no supera los 50 centímetros cúbicos o 4 kW si es eléctrico. La velocidad máxima de un ciclomotor no supera los 45 kilómetros por hora y su uso está regulado en el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación.

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¿Qué permiso necesitas para conducir un ciclomotor?

Puedes conducir un ciclomotor obteniendo dos tipos de permisos:

  1. Permiso de conducción AM: permite a los mayores de 15 años conducir una moto, un triciclo o un cuadriciclo de 50 cc que no superen los 45 km/h de velocidad máxima.
  2. Permiso de conducción de la clase B: es un tipo de carnet que permite conducir, además de automóviles que no excedan los 3.500 kg, motos de hasta 125 cc y una potencia máxima de 11 kW, siempre que el conductor tenga una experiencia mínima de tres años de carnet. No obstante, esto va a cambiar ya que la Dirección General de Tráfico (DGT) ha anunciado que para conducir un vehículo de dos o tres ruedas de hasta 125 cc será necesario pasar un curso obligatorio (aún no ha entrado en vigor y está pendiente su publicación en el BOE).

Documentación necesaria para conducir un ciclomotor

Si quieres conducir un ciclomotor en España necesitas tener en regla la siguiente documentación:

¿Puede un ciclomotor circular por una autovía o una autopista?

No, según indica el artículo 38.1 del Reglamento General de Circulación no puede circular por una autopista o una autovía ya que la velocidad máxima de un ciclomotor es de 45 km/h y estas vías están reservadas para vehículos que pueden alcanzar y mantener velocidades mayores (al menos 60 km/h).

Las vías donde puede circular un ciclomotor son:

  • Las calles de la ciudad.
  • Las carreteras convencionales.
  • Las vías locales siempre que la limitación de velocidad esté en consonancia con la velocidad máxima del ciclomotor.

Normativa básica que debes cumplir con tu ciclomotor

Si vas a conducir tu ciclomotor debes tener en cuenta las siguientes normas:

  • Los ciclomotores deben llevar de forma obligatoria un espejo retrovisor en el lado izquierdo, y de forma opcional pueden llevar otro retrovisor en el lado derecho. Los ciclomotores de tres ruedas y los cuadriciclos ligeros con carrocería que cubran al conductor deben llevar de forma obligatoria un retrovisor interior.
  • Los ciclomotores deben circular por el arcén de la derecha, si fuera transitable y suficiente. Si no lo es, sólo utilizarán la parte imprescindible de la calzada. También deben utilizar una vía que esté especialmente destinada a la circulación de los ciclomotores.
  • Los ciclomotores no pueden circular, como norma general, en paralelo con otros vehículos que también transiten por el arcén salvo que se trate de otro ciclomotor de dos ruedas, siempre que el arcén sea transitable y suficiente, y sin invadir la calzada.
  • En poblado, y cuando haya una calzada con doble sentido de circulación con dos o más carriles para cada sentido de circulación, separados o no por marcas viales, los ciclomotores deben circular por el carril de la derecha si no hay un carril dedicado a este tipo de vehículos.
  • El equipamiento mínimo debe incluir un casco (mejor si es integral) y es recomendable utilizar guantes, chaqueta reflectante y pantalón con protecciones, y unas botas que protejan el pie adecuadamente.
  • Hay ciclomotores que no admiten ningún pasajero, así que consulta la ficha técnica para saber si tu vehículo está homologado para que viajen dos personas.
  • Más allá de estas normas específicas para ciclomotores, deben cumplir con la normativa específica de los vehículos a motor.

Los ciclomotores son un medio de transporte económico, ágil y urbano, pero debido a su tamaño y menor potencia es importante extremar las precauciones, practicar la conducción preventiva y mantener la atención constante sobre el entorno.

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