
Si conduces en España, ten en cuenta que puedes recibir una multa por exceso de velocidad y la cantidad puede variar según los kilómetros por hora que sobrepasas el límite establecido en el Reglamento General de Circulación. Las sanciones pueden ir desde los 100 euros hasta los 600 euros, con la pérdida de entre 0 y 6 puntos. Si el exceso de velocidad es superior a 60 km/h en poblado o 80 km/h en vías interurbanas, puede ser constitutivo de delito.
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que puedan aparecer a tu nombre y te ayudaremos a recurrir las multas de tráfico.
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Tabla actualizada de multas, puntos y sanciones en 2025
En la siguiente tabla de sanciones, recogida por la Dirección General de Tráfico (DGT), puedes ver cuáles son las multas por exceso de velocidad. Como verás, las sanciones se organizan en tres niveles: en graves sin puntos, graves con puntos y muy graves. Las velocidades y las sanciones que aparecen son tanto para poblado (20, 30, 40 y 50 km/h) como para fuera de éste (desde 60 hasta 120 km/h).

Fuente: DGT
Cuando superas el límite de velocidad y te colocas en la casilla de “muy grave», la cosa se pone realmente seria. Además de la multa de 600 euros y la pérdida de 6 puntos, este acto se puede considerar un delito (según el artículo 379 del Código Penal). Esto conlleva:
- Una pena de prisión de 3 a 6 meses.
- Una multa de 6 a 12 meses.
- Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
- La privación del derecho a conducir de 1 a 4 años.
Si, además, se considera que hubo conducción temeraria, la pena (artículo 380 del CP) es todavía mayor:
- Pena de prisión de 2 a 5 años.
- Multa de 12 a 24 meses.
- Privación del derecho a conducir de 6 a 10 años.
Además de las multas que acabamos de ver, hay que tener en cuenta que según el vehículo que conduzcas (motocicleta, turismo, autobús, camión…), los límites de velocidad pueden variar. En la siguiente tabla vienen claramente definidos:

En 2024, la DGT captó a más de 1.100 conductores circulando a velocidades (muchos de ellos por los radares que hay repartidos por España) que superaban los 80 kilómetros por hora sobre el límite legal establecido en las vías interurbanas. Por ello, fueron llevados a juicio por un posible delito contra la Seguridad Vial.
Más allá de estos datos, en el 21% de los siniestros viales estuvo presente la velocidad inadecuada. De ahí, que sea fundamental respetar los límites de velocidad. Recuerda que si circulas más rápido, la distancia de frenada es mayor y tu tiempo de reacción ante un imprevisto se reduce. Además, a más velocidad, la gravedad de las lesiones es mayor.

Fuente: DGT
¿Cómo actuar ante una multa por exceso de velocidad?
Una vez sabes las multas de tráfico que tienes, hay dos opciones:
- Pagar la multa: normalmente en los 20 días naturales desde la notificación para beneficiarte del 50% del descuento por pronto pago.
- Recurrir la multa. Si consideras que la multa es injusta o no es correcta, puedes:
- Presentar alegaciones dentro de los 20 días desde la notificación. Si decides ir por esta vía perderás el descuento por pronto pago.
- Una vez que el organismo contesta, si la resolución es favorable la sanción se suspende. Si es negativa, puedes seguir reclamando con un recurso de reposición.
- Si la sentencia sigue siendo firme puedes acudir a un juez a través de un recurso contencioso-administrativo.
Preguntas frecuentes sobre las multas por exceso de velocidad
Resolvemos algunas de las preguntas más frecuentes sobre las multas por velocidad.
¿Cuándo es delito una infracción por exceso de velocidad?
Se considera delito cuando se sobrepasa el límite de velocidad máximo en 80 km/h en vías interurbanas y en 60 km/h si la circulación es en poblado.
¿Puedo perder el carnet de conducir por una infracción por exceso de velocidad?
Sí, puedes perderlo si cometes un delito por superar el límite de velocidad máxima. Como el carnet es por puntos, también puedes perderlo si el número de puntos que te quitan es mayor que el número de puntos que te quedan en el carnet de conducir. Recuerda que por exceder el límite de velocidad puedes perder entre dos y seis puntos del carnet de conducir.
¿Qué margen de error tienen los radares?
En las multas por exceso de velocidad se tiene en cuenta el margen de error de los radares. Estos aparecen en la Orden ICT/155/2020:
Hasta 100 km/h
margen de 3 km/h
margen de 5 km/h
margen de 5 km/h
margen de 7 km/h
Más de 100 km/h
margen del 3%
margen del 5%
margen del 5%
margen de 7%
En este artículo te explicamos con varios ejemplos a qué velocidad saltan los radares en España.
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