Multa coche aparcado sin ITV

La ITV o Inspección Técnica de Vehículos es un proceso obligatorio por el que tienen que pasar todos los vehículos a partir de ciertos años. En la ITV analizan una gran cantidad de elementos de tu coche que te detallamos en este artículo y comprueban que cumple con unos requisitos mínimos de seguridad.

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En el artículo 10 del Reglamento General de Vehículos (RGV) se explica que “los vehículos matriculados o puestos en circulación deberán someterse a inspección técnica en una de las Estaciones de Inspección Técnica de Vehículos al efecto autorizadas por el órgano competente en materia de Industria en los casos y con la periodicidad, requisitos y excepciones que se establecen en la reglamentación que se recoge en el anexo I”.

Según lo que se establece en dicha norma, un coche no puede circular con la ITV caducada, incluso cuando hayas pedido cita previa. La multa por hacerlo es de 200 euros y de 500 euros si circulas con la ITV negativa. Ahora bien, ¿te pueden multar por tener el coche aparcado sin ITV?

Si te multan por tener el coche aparcado sin ITV, puedes recurrir la sanción

A pesar de lo establecido en el RGV, algunas resoluciones judiciales han dado la razón a aquellos que han recurrido este tipo de sanciones ya que se acogen al concepto que aparece en el artículo 76 de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial: “Circular con un vehículo que incumpla las condiciones técnicas reglamentariamente establecidas, salvo que sea calificada como muy grave, así como las infracciones relativas a las normas que regulan la inspección técnica de vehículos”. Por tanto, dependiendo de cómo interprete un juez el reglamento, es posible que te retiren la multa por tener el coche aparcado sin ITV, siempre que te animes a recurrir la sanción, un proceso que suele ser tedioso.

No obstante, la patronal de las estaciones de inspección (AECA-ITV) recuerda que la única vía segura por la que no te van a multar teniendo tu coche aparcado y sin ITV es que lo des de baja temporalmente.

¿Cómo recurrir si te multan por tener el coche aparcado sin ITV?

Tienes que tener en cuenta que te puede amonestar un ayuntamiento o la propia DGT. En cada caso, la vía de recurso es parecida, aunque existen pequeñas diferencias.

  • Si es la DGT: una vez que te llegue la notificación de la multa tienes 20 días para presentar alegaciones. Si te pasas del plazo, sólo puedes solicitar un recurso de revisión si hay un error. Tras presentar la alegación, si la resolución es favorable se suspende la sanción. Si no es favorable puedes pagar la sanción o seguir reclamando con un recurso de reposición.
  • Si es un ayuntamiento: cuando llegue la notificación, tienes 15 días para presentar alegaciones. A partir de aquí, se puede hacer un recurso de reposición o un recurso de alzada.

En este artículo te explicamos con detalle cómo tienes que recurrir la multa por tener el coche aparcado sin ITV. Y recuerda, si te multan y eres Socio del RACE, nosotros te ayudaremos a recurrir la sanción si nos lo solicitas.

Antes de llevar tu vehículo a realizar la ITV, asegúrate de revisar su estado en uno de los talleres RACE Eurekar.
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