La Dirección General de Tráfico (DGT) ha actualizado la instrucción que regula el uso de autocaravanas y vehículos vivienda en España. Entre las novedades más importantes figura una aclaración sobre la periodicidad de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), que desde el primer semestre de 2026 diferencia claramente entre las autocaravanas y las furgonetas camperizadas en función de su clasificación técnica.
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La Instrucción PROT 2026/04 confirma que la frecuencia de inspección de este tipo de vehículos depende de la categoría que figure en la ficha técnica del vehículo y no simplemente de que se utilice como vivienda.
La clave está en la clasificación del vehículo
La DGT recuerda que no todas las campers son iguales desde el punto de vista administrativo. Existen dos grandes grupos:
- Autocaravanas (categoría M): vehículos destinados al transporte de personas y diseñados como vivienda.
- Furgones vivienda o muchas furgonetas camperizadas (categoría N): vehículos derivados de furgones destinados originalmente al transporte de mercancías, aunque posteriormente hayan sido acondicionados para viajar o dormir.
Esta diferencia es la que determina la frecuencia con la que deben acudir a la ITV.
Nuevos plazos de la ITV para autocaravanas y campers
Con la actualización de la instrucción, los plazos quedan así:
- Autocaravanas (categoría M):
- Hasta 4 años: exentas de ITV.
- De más de 4 hasta 10 años: ITV cada dos años.
- Más de 10 años: ITV anual.
- Furgones vivienda o campers (categoría N):
- Hasta 10 años: ITV anual.
- Más de 10 años: ITV cada seis meses.
Por tanto, la principal novedad afecta a las furgonetas camperizadas clasificadas como categoría N que superen los diez años de antigüedad, ya que deberán pasar dos inspecciones técnicas al año. Las autocaravanas no estarán sujetas a esta revisión semestral.
Los plazos para la ITV de tu coche o moto siguen igual
Con respecto a los plazos de los coches o las motos, no hay novedades. La periodicidad de la inspección sigue siendo la misma. Puedes consultarla en la siguiente tabla:
Turismo
Exento hasta los 4 años; bienal entre 4 y 10 años; anual a partir de los 10 años.
Motocicletas
Exentas hasta los 4 años; posteriormente cada dos años.
Si tienes otro tipo de vehículo, puedes consultar todos los plazos en esta información.
Los diferentes tipos de resultados que te puedes encontrar en la ITV
No todas las inspecciones tienen el mismo resultado ni las mismas consecuencias.
- ITV favorable: el vehículo cumple todos los requisitos exigidos en la normativa de la ITV y puede seguir circulando con normalidad hasta la siguiente inspección.
- ITV favorable con defectos leves: se detectan pequeños defectos que no impiden circular, aunque conviene repararlos cuanto antes.
- ITV desfavorable: existen defectos graves. El vehículo solo puede desplazarse desde la estación ITV hasta el taller y regresar para una nueva inspección. Circular con normalidad supone una infracción.
- ITV negativa: se detectan defectos muy graves que hacen peligrosa la circulación. El vehículo no puede abandonar la estación por sus propios medios y deberá ser trasladado en grúa.
- ITV caducada: si la inspección ha vencido, el vehículo no puede circular legalmente, salvo para acudir a la estación ITV con cita previa si la autoridad competente acepta esa justificación. No obstante, disponer de una cita no elimina automáticamente la posible sanción por circular con la ITV caducada.
Preguntas frecuentes
Resolvemos algunas de las dudas más comunes sobre la ITV.
¿Cuándo es la ITV cada 6 meses?
La ITV es semestral para los furgones vivienda o furgonetas camperizadas clasificados como categoría N que tengan más de 10 años de antigüedad. Las autocaravanas de categoría M continúan pasando la inspección una vez al año cuando superan esa edad.
¿Cuántos días tienes de plazo para pasar la ITV?
La normativa permite adelantar la inspección hasta 30 días naturales antes de la fecha de vencimiento sin perder la fecha de referencia para la siguiente ITV. Si se supera la fecha de caducidad, el vehículo no dispone de un periodo de gracia y pasa a tener la ITV caducada.
¿Qué pasa si voy con la ITV caducada pero tengo cita?
Tener una cita concertada no autoriza automáticamente a circular con la ITV caducada. Si un agente de la autoridad detiene el vehículo, podrá denunciar la infracción aunque exista una cita para la inspección. Por ello, lo más recomendable es acudir a la estación antes de que expire la ITV o evitar utilizar el vehículo hasta el día de la revisión, salvo que concurran circunstancias justificadas previstas por la normativa.
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