Multas al copiloto

A la hora de circular, el conductor es el máximo responsable de mantener las condiciones de seguridad adecuadas dentro del vehículo. Sin embargo, eso no exime de responsabilidad al resto de ocupantes con los que viaja, ya que con su actitud pueden a su vez representar un peligro tanto para los ocupantes del coche como para el resto de usuarios de la vía.

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El copiloto, por ejemplo, puede ser un apoyo para el conductor o una distracción que aumente las probabilidades de sufrir un accidente: en ese caso, al riesgo que se corre puede acabar sumando una fuerte sanción económica, si bajo el criterio de los agentes de la autoridad su actitud o postura ponen en peligro la seguridad de los demás.

Recuerda que, según el Reglamento General de Circulación, el conductor “está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía”. Y es que quien está al volante no solo debe mantener en todo momento la posición adecuada para conducir, sino también “que la mantengan el resto de los pasajeros”.

¿Qué acciones del copiloto pueden ser sancionadas con una multa?

Más allá de la responsabilidad del conductor, el copiloto (o el resto de ocupantes de un vehículo) puede ser sancionado en determinados casos:

  1. En caso de distracciones al volante. Una cosa es mantener una conversación con el conductor y otra muy diferente representar una distracción que acabe representando un peligro para la seguridad vial. Así, por ejemplo, besarse con quien conduce o discutir fuertemente con él (o ella) podría derivar en multas que van desde los 100 a los 500 euros, dependiendo de la gravedad.
    Si, según el criterio de los agentes, estas acciones han llegado a provocar una conducción temeraria, podrían acarrear la sanción máxima de 500 euros y la pérdida de seis puntos en el carnet de conducir.
  2. No llevar cinturón de seguridad. Todos los ocupantes de un vehículo deben llevar el cinturón de seguridad correctamente abrochado mientras el vehículo está circulando. No usarlo, o llevarlo incorrectamente, supone un grave riesgo para todos, además de una multa de 200 euros que se agrava con la pérdida de cuatro puntos del carnet en caso de que seas el conductor.
  3. Una posición incorrecta. Llevar los pies sobre el salpicadero, por ejemplo, no solo implica un grave riesgo en caso de frenada brusca o accidente; también hará que el cinturón de seguridad no funcione como debe, pudiendo provocar un efecto submarino. A nivel económico, puede significar una multa de entre 80 y 100 euros.
  4. Tirar objetos por la ventana. Arrojar basura por la ventanilla no solo es un acto incívico con el que se contamina; también puede ocasionar un accidente. Es, además, una infracción que la nueva Ley de Tráfico castiga duramente: si antes se castigaba con 200 euros y cuatro puntos menos, ahora se penaliza con 500 euros (la mitad por pronto pago) y, si se trata del conductor, con la pérdida adicional de seis puntos.
    Si lo que se tira es una colilla, esto podría acabar provocando un incendio, y entonces el castigo sería mucho más severo, pudiendo llegar a incluir penas de prisión.

Distracciones y siniestralidad

Es importante no olvidar que las distracciones al volante influyen muy negativamente en la seguridad de la conducción. De hecho, según la propia Dirección General de Tráfico, son la causa de hasta el 30 % de los accidentes. Acciones tan cotidianas como manejar la radio, fumar, leer al volante o maquillarse mientras circulas pueden tener consecuencias fatales.

Entre los aspectos que facilitan una mayor distracción por parte del conductor, la DGT distingue entre factores externos e internos:

  • Externos: calles o carreteras que no son familiares o que resultan monótonas; una señalización excesiva o factores ajenos a la conducción como, por ejemplo, la publicidad.
  • Internos: son las circunstancias personales del conductor. Hay aspectos como la fatiga, el estado físico o el consumo de medicamentos, alcohol o drogas, que favorecen las distracciones y aumentan considerablemente los riesgos.

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