Vehículo mixto adaptable

Si eres un autónomo a cargo de tu propia empresa, tienes una familia numerosa o simplemente te atrae la idea de hacerte con un vehículo más polivalente que los turismos convencionales, puede que la idea de comprar un vehículo mixto adaptable te parezca, cuando menos, atractiva. Para empezar, porque estos automóviles están exentos del pago del impuesto de matriculación, un importe nada desdeñable que puede llegar a suponer hasta el 14,75 % del valor del vehículo. O puede que quieras camperizarlo, es decir, convertirlo en una especie de minicaravana para poder viajar libremente y de forma cómoda y económica.

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El proceso de cambio es sencillo; las posibilidades, numerosas. Y precisamente por eso necesitas tener claro cada paso, empezando por conocer qué define a cada tipo de vehículo, qué ventajas e inconvenientes tiene cambiar y dónde debemos acudir para reclasificarlo. Según el código de circulación, un vehículo mixto adaptable es aquel configurado para el transporte (simultáneo o no) de mercancías y de personas, con una capacidad máxima de nueve ocupantes (incluido el conductor) “y en el que se puede sustituir eventualmente la carga, parcial o totalmente, por personas mediante la adición de asientos”. Gracias a los asientos desmontables, podrás utilizarlo según las necesidades de cada momento. Un turismo, por otro lado, es un automóvil destinado al transporte de personas, cuatro ruedas y nueve plazas como máximo.

Ventajas e inconvenientes de un vehículo mixto

Adquirir un vehículo mixto es una opción muy interesante para aquellos autónomos que tienen su propia empresa y que, de esta manera, se hacen con un vehículo especialmente versátil sin necesitar obtener un nuevo carnet. Por supuesto, que estén exentos del pago del impuesto de matriculación (si tu intención es comprarlo nuevo) es sin duda un factor a tener muy en cuenta, siempre que tengas presente la letra pequeña: para cambiarlo después a turismo, es necesario que hayan transcurrido al menos cuatro años desde su matriculación. En caso contrario, te verás obligado a pagar a Hacienda ese impuesto que no se abonó en su día.

El segundo factor a tener en cuenta tiene que ver con los límites de velocidad, ya que los vehículos mixtos adaptables no están sujetos a los mismos límites que los turismos: Si estos últimos pueden circular hasta 120 km/h en autovías y autopistas, los primeros solo pueden hacerlo a 100 km/h, así que es importante cerciorarse de que esto no será luego un problema en forma de multas de tráfico y quebraderos de cabeza. En las carreteras de doble sentido y con un arcén de 1,5 m, la velocidad máxima de un vehículo mixto adaptado es de 90 km/h (en lugar del límite de 100 Km/h que tienen los turismos).

Conviene recordar, además, que ser dueño de un vehículo mixto adaptable conlleva visitas mucho más numerosas a la ITV: así, deberá pasarla cada dos años durante los seis primeros años de vida del automóvil; anualmente hasta los 10 años y, a partir de ahí, cada seis meses. Por el contrario, un turismo pasará su primera ITV a los cuatro años, luego cada dos hasta los 10 y finalmente de forma anual.

Cómo pasar de un vehículo mixto adaptado a un turismo

El primer aspecto del que debes cerciorarte es que el fabricante haya homologado el modelo del vehículo tanto para mixto adaptable como para turismo, ya que no todos los vehículos mixtos adaptables pueden cambiar de clasificación. Para saberlo con certeza, hay que consultar la contraseña de homologación especificada en su ficha técnica: si empieza por “C”, significa que el vehículo salió de fábrica para ser usado como furgón de carga; su categoría es N1 y no pueden ser catalogados como turismos (M1), puesto que no cumplen con la normativa de seguridad que estos exigen. Una vez te hayas cerciorado de este punto, es imprescindible acudir a un concesionario de la marca para obtener un certificado de conformidad de manos del fabricante. El trámite tendrá un coste de alrededor de 100 euros.

El segundo paso es acudir a una ITV, con el fin de pasar una inspección no periódica y obtener la nueva documentación del vehículo. Allí llevarás, además del certificado, la ficha técnica y el permiso de circulación. Antes de acudir, asegúrate de que no necesitas hacer ningún tipo de reforma en el vehículo y que un turismo debe poseer, “como reposacabezas traseros, cinturones de seguridad estándar y otros posibles requisitos adicionales que dependerán de la legislación local, como cambios en el sistema de frenos o la suspensión”, afirma Rodrigo de Andrés, portavoz de la red de talleres RACE Eurekar. También puedes aprovechar para hacer reformas no obligatorias como “mejorar el aislamiento acústico o térmico, instalar sistemas de entretenimiento o cambiar el interior del vehículo”, añade.

El último paso será acudir a la Jefatura de Tráfico con toda la documentación para actualizar el registro del vehículo. Dependiendo de los precios de la ITV y del certificado del fabricante, el coste total del proceso (reformas aparte) estará entre los 110 y 180 euros. ¿Estás listo para viajar? ¡Pues adelante!

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