Qué restricciones tiene un turismo de etiqueta B

Hasta 149 municipios españoles (aquellos con más de 50.000 habitantes) tendrán que desarrollar, a lo largo de 2023, Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) en sus ciudades para mejorar la calidad del aire, en cumplimiento de la Ley de Cambio Climático que se aprobó en abril de 2021. Una implantación que, sin embargo, lleva retraso, ya que dichas zonas debían de estar activas desde enero de 2023, pero que con toda probabilidad irán viendo la luz de forma progresiva a lo largo del año.

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Con la apertura de las ZBE, entrarán en vigor en todas esas ciudades restricciones al acceso y circulación de los vehículos más contaminantes, basándose en las etiquetas de la DGT. Madrid (desde 2018) y Barcelona (desde 2020) fueron las dos ciudades que primero las introdujeron. Ahora bien, ¿cómo afectan las nuevas limitaciones a los vehículos equipados con una etiqueta B?

Restricciones etiqueta B

La pegatina B, de color amarillo, es la que portan los vehículos equipados con motores de gasolina y matriculados entre enero de 2001 y diciembre de 2005 (bajo la norma Euro 3), y los diésel matriculados entre enero de 2006 y agosto de 2015 (bajo la norma Euro 4), además de aquellos de más de ocho plazas y pesados, tanto de gasolina como diésel, matriculados desde 2006. Se trata del grupo más numeroso entre los que llevan etiqueta medioambiental, y aunque algunos diésel tienen todavía una larga vida por delante, se verán directamente afectados por las nuevas restricciones de circulación.

Así, el Real Decreto 1052/2022, del 27 de diciembre, establecía el marco regulador de las ZBE que irán viendo la luz en territorio español, a medida que estas vayan viendo la luz. De acuerdo con la ley, los coches que lleven el distintivo B pueden acceder a las Zonas de Bajas Emisiones, pero no estacionar dentro de ellas: para ello, deberán hacer uso de un parking público. Fuera de los límites de las ZBE, podrán seguir circulando con normalidad.

Es importante recordar que, al ser de competencia municipal, pueden aprobarse regulaciones más restrictivas, como de hecho sucede en Madrid. La ZBE de la capital, de cinco kilómetros cuadrados, está vetada tanto a los vehículos de categoría A (el 50 % más contaminante, sin distintivo), como a los no residentes con etiquetas B y C, que no pueden siquiera acceder a dicha zona salvo que vayan a aparcar en un parking de uso público o privado que esté adherido al sistema de gestión de permisos de la ZBE.
En Barcelona, por su parte, la ZBE solo afecta a los vehículos de tipo A.

Según el Real Decreto, las ZBE deben ser revisadas a los tres años de su implantación (con sucesivas evaluaciones cada cuatro años), lo que podría abrir la puerta a medidas aún más restrictivas para los distintivos amarillos. Una medida que, además, afecta a todas las capitales de provincia excepto Soria y Teruel.

Permisos de acceso

Acceder y, en su caso, estacionar libremente un vehículo no autorizado dentro de una ZBE puede ser posible gracias a la obtención de un permiso temporal, si la normativa local los incluye. En el caso de Barcelona, por ejemplo, los titulares de los vehículos objeto de restricciones pueden registrarse en una base de datos y solicitar hasta 24 permisos de día en todo el año.

En Madrid, por su parte, los residentes de la ZBEDEP Distrito Centro (como se rebautizó a Madrid Central) pueden extender hasta 20 invitaciones de día cada mes. El Ayuntamiento, por su parte, ha permitido el acceso a los comerciantes y otorgado una moratoria de un año a las furgonetas de reparto con etiqueta B.

Escenarios de alta contaminación

Además de las Zonas de Bajas Emisiones, los municipios pueden establecer, de forma voluntaria, restricciones adicionales debido a escenarios de alta contaminación medioambiental. Madrid, por ejemplo, ya lo ha aplicado en más de una ocasión. En esos casos, hay cinco escenarios posibles que afectan a los vehículos con distintivo B:

  • Escenario 1: sin restricciones, salvo las ya existentes de manera habitual.
  • Escenario 2: se prohíbe el estacionamiento en las plazas y horarios del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER).
  • Escenario 3: los vehículos con distintivo B no pueden aparcar en la zona SER.
  • Escenario 4: los vehículos con distintivo B no podrán circular dentro de la M-30.
  • Escenario 5: la prohibición de circulación a las etiquetas B se extiende a todo el término municipal.

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