Quién paga el cambio de nombre de un coche

El mercado de vehículos de segunda mano es una alternativa popular para aquellos que buscan adquirir un automóvil a un precio más asequible. Sin embargo, la transacción de un coche usado va más allá de un simple intercambio de llaves y dinero. El cambio de titularidad, las tasas y los impuestos a liquidar son elementos cruciales en este proceso, y conviene saber quién es responsable de cada uno de ellos.

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Para evitar sanciones o sorpresas desagradables, conviene que realices una serie de comprobaciones previas antes de concretar la compra de un coche usado, como por ejemplo asegurarse de que no existe ningún tipo de carga ni impedimento para la circulación del mismo o para realizar el cambio de nombre una vez finalizada su compraventa. Para ello, podemos pedir gratuitamente un informe reducido del vehículo en la DGT, ya sea de forma presencial, por teléfono, internet o a través de la app miDGT.

Quién paga qué al vender o comprar un vehículo usado

A la hora de traspasar un vehículo usado, hay una serie de gastos asociados a la transacción que es necesario liquidar. Son estos:

  • Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP): en algunas comunidades autónomas, se debe pagar el ITP al adquirir un vehículo de segunda mano. El porcentaje varía, pero generalmente oscila entre el 4% y el 8% del valor de venta. Aunque este impuesto es responsabilidad del comprador, puede acordarse una distribución diferente a la hora de formalizar el contrato de compraventa. Por eso, es imprescindible estipular claramente en el mismo quién se hace cargo de cada trámite. Se puede abonar presencialmente (modelo 620) o por internet (modelos 621).
  • Tasa de transferencia: a la hora de realizar el cambio de titularidad en Tráfico, es necesario que el comprador efectúe el pago de la tasa correspondiente, que es de 55,15 euros para vehículos y 27,57 euros para ciclomotores. Se puede hacer también de forma telemática, en la sede electrónica de la DGT. Es imprescindible aportar toda la documentación necesaria: además del contrato de compraventa, fotocopias de ambos DNIs, el permiso de circulación, la ficha técnica del vehículo, el justificante del pago del impuesto de circulación y el comprobante de la última ITV.
  • Impuesto de Circulación: legalmente, el responsable de este impuesto es el titular del vehículo a fecha uno de enero del presente año (es decir, el vendedor). El impago de este impuesto puede resultar en multas y sanciones.

¿Cuándo notificar el traspaso a la DGT?

Una vez firmado el contrato de compraventa, dispondrás de un plazo de 30 días para notificar el cambio de titularidad. Aunque dicho trámite es en realidad responsabilidad del comprador, es importante recordar que, en caso de no hacerlo, el vendedor seguiría siendo responsable económico de cualquier multa o infracción cometida con el vehículo traspasado.

Por eso, para evitar problemas, es conveniente que el vendedor notifique la venta a Tráfico, un trámite sencillo que lleva aparejado el pago de una pequeña tasa de 8,59 euros. Por su parte, el comprador no podrá circular con el vehículo hasta que haya notificado el cambio de titular y obtenido un nuevo permiso de circulación.

En cualquier caso, conviene considerar también la posibilidad de confiar en una gestoría para la realización de todos los trámites necesarios, evitando así cualquier despiste y posibles infracciones. Un servicio de asistencia y asesoría que, además, el RACE pone a disposición de todos sus Socios, de manera que se facilite no solo la compraventa de un vehículo, sino muchas otras gestiones administrativas.

Si transcurre el plazo legal de 30 días sin que el comprador realice la transferencia del vehículo, este estaría cometiendo una infracción leve que tendría aparejada una multa de hasta 100 euros. Esta situación podría suceder en sucesivas ocasiones, originando nuevas e idénticas sanciones hasta que el trámite se realice.

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