
Si compras un coche de segunda mano, ya sea a un particular o a un concesionario, no tendrás que declararlo en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Esto solo aplica si eres el vendedor y obtienes una ganancia patrimonial, es decir, si vendiste el coche por un precio mayor al que lo compraste. Sin embargo, eso no significa que no tengas que hacerte cargo, como comprador del vehículo, de otras obligaciones tributarias.
¿Quieres vender tu coche o moto?
El RACE a través de su Gestoría, te ayuda durante todo el proceso y así evitarás molestias innecesarias.
¡Quiero saber más!
Si compras un coche de segunda mano, no tienes que declararlo a Hacienda, pero sí debes pagar impuestos
Cuando compras un coche nuevo estás obligado a pagar el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), que en España es del 21 %. Sin embargo, si compras un coche de segunda mano a un particular el IVA no se paga (si lo adquieres de un concesionario el IVA viene incluido), aunque en su lugar debes liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP).
El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales es un tributo que hay que pagar cuando hay un proceso de compraventa de un vehículo. Es responsabilidad del comprador liquidar el ITP, un impuesto estatal gestionado a través de las comunidades autónomas. El ITP varía según la comunidad autónoma, con un rango que va del 4 % al 8 % del precio del vehículo. Aquí te explicamos con más detalle cómo calcular el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Para pagar este gravamen es necesario rellenar el modelo 620 de Hacienda o el 621 si vas a presentar el documento por Internet.
Junto con el ITP, el comprador también tendrá que hacerse cargo del impuesto de circulación y también del de matriculación, siempre y cuando el vehículo sea importado desde un país distinto a España.
Además del ITP, como comprador tendrás que hacerte cargo del cambio de titularidad
Junto al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, el comprador debe hacerse cargo de cambiar la titularidad del vehículo, una gestión que hay que hacer en un plazo de 30 días desde que se firma el contrato de compraventa.
Hay que realizarlo ante la Dirección General de Tráfico, y para ello te solicitarán el justificante del pago del ITP, el abono de la tasa 1.5 (55,70 euros) y otros documentos como el permiso de circulación, la ficha técnica del vehículo, el contrato de compraventa y el DNI, tanto del comprador como del vendedor.
Si además has recurrido a una gestoría, tendrás que pagar sus honorarios. No obstante, recuerda que si eres Socio del RACE, tenemos un servicio de transferencia de vehículos con el que te ayudaremos en todo este proceso de compra de un vehículo de segunda mano.
Como ves, si compras un coche de segunda mano no tendrás que declararlo a Hacienda. Sin embargo, si en el futuro decides venderlo, sí que tendrás que declararlo en la renta, siempre que obtengas una ganancia patrimonial con la transacción, algo infrecuente a no ser que sea un coche de colección o un clásico que se ha revalorado con el tiempo. Si no se da esta situación, no será necesario declararlo en el IRPF.
Si eres Socio del RACE te ayudamos a gestionar cualquier tipo de trámite
relacionado con tu vehículo, sea cual sea tu situación.
¡Infórmate ahora!