Carris bus

Cuando el uso del coche se fue extendiendo en España y empezaron a aparecer los primeros atascos por las calles de las principales ciudades, los ayuntamientos encontraron en el carril bus una solución para hacer la circulación más fluida.

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El carril bus se creó como un carril reservado en el que los autobuses públicos urbanos pudiesen circular y pararse libremente para que así no afectasen al tráfico rodado de la ciudad. Fue también una ingeniosa forma de invitar a los ciudadanos a que utilizasen más el transporte público.

¿Qué vehículos pueden circular por el carril bus?

Al ser un carril hecho para dar prioridad a los autobuses, por norma general su utilización queda prohibida a otros vehículos que no estén expresamente autorizados.

Además de los autobuses, es normal ver que los taxis también aprovechan este carril, siempre y cuando haya una señalización que se lo permita. En ese caso se pasa a llamar carril bus-taxi. Estos vehículos pueden circular y realizar paradas por un tiempo máximo de dos minutos, y en ningún caso pueden realizar una parada en el carril bus para esperar a su cliente. Recordamos que los VTC lo tienen prohibido.

Hay que tener en cuenta que este carril depende de la normativa municipal de cada ciudad por lo que no es lo mismo lo que suceda en Madrid o en Valencia. Por ejemplo, si hablamos de las motos, en la capital de España desde 2006 pueden circular por el carril bus siempre que esté indicado de forma clara por una señal. No obstante, hay prohibiciones concretas que no permiten su circulación por el carril bus por cuestiones de seguridad como ocurre en el Paseo de la Castellana.

Al contrario que en Madrid, en Valencia entró en vigor en junio de 2019 una nueva Ordenanza de Movilidad que prohibió circular por el carril bus a las motos. El ayuntamiento de Barcelona también prohibió la circulación de estos vehículos de dos ruedas desde 2011. En ambas ciudades consideraron que la circulación de las motos por dicho carril era un riesgo.

En el caso de las bicicletas y los patinetes eléctricos ocurre lo mismo que con los otros vehículos que hemos mencionado: dependen de la ordenanza municipal de cada ciudad. En Madrid, por ejemplo, las bicicletas no pueden utilizar el carril bus salvo que estos tengan una sección mínima de 4,5 metros. En tal caso, circularán lo más próximo posible a la izquierda del carril bus. En el caso de los patinetes eléctricos, estos tienen prohibido circular por esta vía (aún está pendiente su regulación como vehículo a motor en el Reglamento General de Circulación). Por poner un ejemplo diferente, en Bilbao sí que permiten que las bicicletas circulen por esta vía específica, siempre y cuando esté señalizado como carril bus-bici.

En cuanto a los coches, sólo podrán pasar por un carril bus si existe una línea discontinua por el lado exterior del mismo que permite su uso únicamente para realizar una maniobra que no sea parar, estacionar, adelantar o cambiar el sentido de la marcha. Y muy importante: siempre tienen preferencia los vehículos que están ya circulando por dicho carril. Ten cuidado y respeta las normas, y si aún así si tienes algún problema en el carril bus, recuerda por ser Socio RACE te gestionamos la multa, que puede ser de hasta 200 euros.

El carril bus-VAO: una solución para descongestionar el tráfico en el extrarradio de la ciudad

Tiene la misma misión que el carril bus de las ciudades, la de descongestionar el tráfico, pero esta vez suele estar ubicado en las entradas y salidas de las ciudades. Se denomina carril bus-VAO (Vehículo de Alta Ocupación) y el pionero, creado en 1991, fue el de la autopista A-6 de Madrid que, en sus primeros diez años de uso, redujo en un 47% el porcentaje de coches con un solo ocupante que circulaban por esa carretera.

Los Vehículos de Alta Ocupación, según el Reglamento General de Circulación, son los destinados al transporte de personas cuya masa no exceda de los 3.500 kg y que estén ocupados por el número de personas que para cada tramo de la red viaria se fije, de acuerdo con lo que indique la autoridad de tráfico (depende del vehículo, suele ser a partir de dos personas). Por norma general los vehículos que pueden circular por el carril bus-VAO son:

  • Motos (puede viajar solo el conductor), turismos y vehículos mixtos adaptables.
  • Autobuses con masa máxima autorizada superior a 3.500 kg y autobuses articulados.
  • Si el vehículo tiene la señal V-15 de movilidad reducida o su conductor es titular de un permiso de conducción con alguna limitación física solo bastará con que viaje éste, sin necesidad de llevar pasajeros. Lo mismo sucede para los taxis y los autobuses.
  • La Dirección General de Tráfico (DGT) también permite desde 2017 a los vehículos con el distintivo ECO, C y B, además de los coches de carsharing, utilizar el carril bus VAO independientemente del número de ocupantes siempre que esté expresamente señalizado.
  • Los vehículos de policía, extinción de incendios, protección civil y salvamento, asistencia sanitaria en servicio de urgencia, así como los equipos de mantenimiento de las instalaciones y de la infraestructura de la vía.

Más allá de estas opciones, está prohibido que circulen por el carril bus VAO los turismos con remolque, los peatones, los ciclos, los ciclomotores, los vehículos de tracción animal y animales. En el caso de que incumplas la normativa, la multa asciende hasta los 200 euros. Y no, no intentes llevar maniquíes para simular que llevas a más gente, ya lo han intentado otros conductores y no cuela.

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