Ayuda gasolina

En marzo de 2022, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto-ley 6/2022 por el que se adoptaron diferentes medidas urgentes para resolver las dificultades económicas y sociales de la guerra en Ucrania, tal como lo definió el Gobierno en un Plan Nacional. Entre todas ellas, una de las más importantes fue la bonificación de 20 céntimos por litro de carburante.

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La ayuda de los 20 céntimos se empezó a aplicar el 1 de abril de 2022, una fecha en la que la gasolina alcanzaba un récord histórico de precios. Sin embargo, esta medida no duró para siempre. En el último Consejo de Ministros de 2022 se decidió acabar con el descuento aplicado a los carburantes, que tuvo su fecha final el 31 de diciembre de ese mismo año. A partir de entonces, la mayoría de los conductores en España no dispondrían de ese sustento económico destinado a los carburantes.

No obstante, con la entrada del año 2023 se aprobó el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, en el que se anunciaba una nueva ayuda para subvencionar el coste de algunos productos energéticos, entre ellos, la gasolina.

¿Quién puede beneficiarse de la ayuda de la gasolina?

A diferencia de la bonificación de los 20 céntimos, esta vez la ayuda no es para todo el mundo: sólo las empresas del transporte y las relacionadas con la agricultura, la ganadería, la pesca… que sean titulares de un vehículo pueden solicitar, hasta el 30 de junio de 2023, la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos del gasóleo de uso profesional, una opción que se puede solicitar desde el pasado mes de abril.

¿Existe realmente una ayuda a la gasolina de 100 euros?

Al contrario de lo que se puede leer por Internet, de momento no existe una ayuda de 100 euros para paliar los precios desorbitados de la gasolina. Esta cantidad no hay que confundirla con los 100 euros que el gobierno francés sí se comprometió a pagar a 38 millones de franceses para compensar la subida del carburante hace dos años.

No obstante, en España sí que hay una ayuda económica para la gasolina que viene detallada en el artículo 34 del Capítulo I del Decreto-ley 20/2022: “el importe de la ayuda ascenderá a 0,20 euros por cada litro de gasóleo para uso general utilizado como carburante en el motor de los vehículos citados en el apartado 2 del artículo 52 bis de la Ley de Impuestos Especiales que figuren matriculados en España en los suministros realizados entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2023, y a 0,10 euros en los suministros realizados entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2023”.

La obtención de la ayuda estará condicionada a que el pago del gasóleo adquirido en instalaciones de venta al por menor se realice mediante la utilización de las tarjetas gasóleo profesional reguladas en la Orden HFP/941/2022.

Si no eres un transportista o tienes un negocio relacionado con la agricultura o la ganadería, recuerda que también puedes beneficiarte de unos descuentos a la hora de repostar la gasolina. Por ejemplo, si eres Socio del RACE te pueden descontar hasta 6 céntimos por reposar gasolina en una estación Galp o hasta 7 céntimos en una gasolinera BP.

¿Cómo solicitar la ayuda de gasolina?

Aquellos que entren dentro de los requisitos para solicitar la ayuda de la gasolina (transportistas, agricultores, ganaderos…) deben presentar, según explica la Agencia Tributaria en su web, los siguientes documentos y presentarlos en la sede electrónica de la agencia:

  • Una declaración responsable donde se justifique que la guerra de Ucrania ha repercutido económicamente al solicitante de la ayuda.
  • Una declaración donde quede constancia de que el beneficiado ha recibido otro tipo de ayudas en aplicación del Marco Temporal Europeo Ucrania o del Marco Nacional.
  • Una declaración en la que se acrediten las empresas con las que hay una asociación o vinculación.

Una vez aprobada la ayuda, “a la finalización de cada mes natural la Agencia Tributaria tramitará las ayudas correspondientes. El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada para la inscripción en el Censo de Beneficiarios de devoluciones por gasóleo profesional y de vehículos de su titularidad”, tal como informa la propia Agencia Tributaria.

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