
Si no estás de acuerdo con la sanción por circular, acceder o estacionar en la Zona de Bajas Emisiones de Madrid, o en zonas de especial protección como el Distrito Centro (anteriormente conocido como Madrid Central) o Plaza Elíptica, puedes recurrir la multa de la ZBE de Madrid interponiendo un recurso de reposición. Este recurso es potestativo y debe presentarse en un plazo de un mes contando desde el día en que has recibido la notificación de la sanción. Si el recurso ante el Ayuntamiento de Madrid se desestima, sólo te quedará la vía judicial si quieres seguir con el proceso de reclamación.
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Desde el 1 de enero de 2025, en Madrid no es posible acceder a ninguno de sus 21 distritos si tu vehículo no dispone de etiqueta medioambiental, aunque existe una moratoria hasta 2026 que va a permitir seguir circulando por la ZBE de Madrid a los vehículos sin etiqueta siempre que estén empadronados en la capital. También existen ciertas excepciones a esta normativa: sólo quedarán exentos los vehículos sin etiqueta para personas con movilidad reducida que tengan la tarjeta de estacionamiento correspondiente, los clasificados como históricos y los vehículos de emergencias.
Si has recibido una sanción de forma errónea por circular sin permiso en la ZBE debes saber que se pueden recurrir las multas de Madrid Central.
Pasos para recurrir una multa en Madrid Central

Los límites de la ZBE de Madrid deben estar claramente identificados a través de señales específicas en las que figuren las excepciones a la norma. Esta ZBE cuenta con sistemas de control automatizados (como cámaras de reconocimiento de matrículas) para garantizar el cumplimiento de las restricciones establecidas. Los vehículos más antiguos o contaminantes pueden enfrentarse a multas de hasta 200 euros si acceden a estas áreas sin autorización.
Ahora bien, no siempre la sanción va a ser correcta. Existe la posibilidad de que haya algún error o fallo. En ese caso, ¿cómo puedes reclamar una multa de Madrid Central? Estos son los pasos que puedes seguir si crees que la sanción es injusta o errónea:
1) El primer paso para recurrir una multa de la ZBE de Madrid: revisa la notificación
Cuando recibes una multa, sea del tipo que sea, es esencial actuar con prontitud para que no se te agoten los plazos disponibles en caso de querer presentar un recurso. Por eso, una vez recibida, revisa cuidadosamente todos los detalles que se incluyan en la misma (fecha, ubicación, motivo…). En este tipo de denuncias, por ejemplo, debe aparecer la señalización de la vía por la que se circula y a la cual no se puede, en teoría, acceder, ya que en caso contrario se puede recurrir la multa de Madrid Central porque existe una base en la que ampararse.
2) Alegación
La alegación es el primer paso para recurrir la multa de la ZBE de Madrid. Este proceso debe llevarse a cabo en un plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación (ya sea en el acto o por vía postal), o de su publicación en el Tablón Edictal Único.
En la alegación, se pueden presentar argumentos basados en errores de procedimiento, inconsistencias en la documentación o cualquier otro motivo que pueda respaldar la anulación de la multa. No obstante, recuerda que, al presentar cualquier alegación ante el Ayuntamiento de Madrid, estarás renunciando al descuento del 50 % por pronto pago.
Si la alegación es aceptada, la multa será anulada y el proceso finalizará.
3) Recurso de reposición
Si la alegación no tiene éxito, el siguiente paso es presentar un recurso de reposición ante el Ayuntamiento de Madrid: es lo que comúnmente se entiende por “recurrir una multa”. Este procedimiento implica una revisión más detallada y puede requerir la presentación de pruebas adicionales. Puedes presentarlo en un plazo de 30 días a contar desde el siguiente a la desestimación de la alegación. Pasado ese tiempo, si el recurso se entiende como desestimado no se emitirá ninguna resolución expresa pasado el mes.
Existen dos formas de presentar el recurso de reposición:
- Por Internet, a través del registro electrónico del Ayuntamiento de Madrid (requiere firma electrónica).
- Presencialmente, en las oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento de Madrid, a través de las oficinas de Correos o mediante otras formas especificadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4) Recurso contencioso-administrativo
Si la vía inicial de recurrir la multa de la ZBE de Madrid es denegada, puede optarse por presentar un recurso contencioso-administrativo. Este paso implica acudir a los tribunales y puede requerir la asistencia de un abogado especializado en derecho administrativo. Es importante tener en cuenta que este proceso puede ser más complejo y costoso, pero ofrece la posibilidad de una revisión imparcial e independiente.
En cualquier caso, recuerda que, si eres Socio del RACE, dispones de un servicio de aviso y gestión de multas con el que nos hacemos cargo de la redacción de escritos de oposición, alegaciones y recursos tanto en la vía administrativa como ejecutiva.
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