Atropello patinete

Las numerosas ventajas (medioambientales, económicas y de transporte) de los vehículos de movilidad personal (VMP) hacen que su presencia sea cada vez mayor en todo tipo de ciudades. Se calcula, por ejemplo, que hay más de 700.000 patinetes eléctricos en España, un número que no para de crecer y que ha hecho que también aumenten los siniestros que involucran a este tipo de vehículos motorizados, así como la necesidad de una mayor regulación.

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Solo en 2023, estos vehículos, que por normativa deben circular a una velocidad entre los 6 y los 25 km/h, se vieron envueltos en cerca de 300 accidentes.

Por todo ello, es de vital importancia saber cómo reaccionar en caso de accidente y qué pasos dar para reclamar la correspondiente indemnización en caso de sufrir un atropello por parte de un patinete eléctrico.

¿Por dónde pueden circular los patinetes eléctricos?

Aunque la normativa que regula la circulación de los VMP es competencia de los Ayuntamientos locales (y, por lo tanto, puede variar de un sitio a otro), conviene tener presente que, por norma general, este tipo de vehículos ha de moverse por carriles bici (si existen) o por la calzada; y que no deben circular:

  • Por aceras ni ningún otro tipo de zonas peatonales, salvo indicación expresa por parte del Ayuntamiento.
  • Por travesías.
  • Por autovías o autopistas.

En cualquier caso, recuerda asegurarte de la normativa específica de la ciudad en la que vayas a emplear un VMP. En Madrid, por ejemplo, es necesario tener al menos 15 años (16 en Barcelona), y las empresas de alquiler de patinetes eléctricos deben contar obligatoriamente con un seguro. Si bien no se trata de un requisito obligatorio para los usuarios particulares, es sin duda recomendable contar con al menos un seguro de responsabilidad civil, a fin de que responda de los daños a terceros en caso de accidente. No te olvides que, desde el RACE, podemos asesorarte con respecto al seguro de patinete eléctrico que más te conviene.

En caso de disponer de un seguro del hogar, puedes comprobar también si su cobertura incluye algún tipo de responsabilidad civil familiar que cubra este tipo de eventualidades.

Cómo actuar en caso de atropello por un patinete eléctrico

Si, como peatón, resultas ser víctima de un atropello por parte de un patinete eléctrico, es importante que sepas cómo actuar para poder reclamar la indemnización que sea pertinente. Por eso, desde el RACE queremos guiarte paso a paso respecto al proceso a seguir:

  1. Identifica al conductor del patinete: datos personales, número de bastidor del patinete y datos del seguro, si dispone de él.
  2. Es importante que avises a la Policía Municipal. Su atestado puede tener una importancia clave para determinar la culpabilidad del siniestro, si la reclamación posterior alcanza la vía judicial.
  3. Toma fotografías del lugar del accidente y recaba el testimonio de posibles testigos que hayan presenciado el atropello.
  4. Si has necesitado atención sanitaria, será necesario adjuntar el parte médico, que ha de especificar además que las posibles lesiones se han producido como consecuencia de un atropello con patinete eléctrico. Tienes un plazo de 72 horas para acudir al hospital.
  5. Si dispone de seguro, este se ocupará de gestionar la indemnización. En caso contrario, el primer paso sería realizar una reclamación extrajudicial por medio de una carta certificada al causante del accidente. Esta misiva debe contener todos los detalles que indiquen la responsabilidad del siniestro. El plazo para dar este paso es de un año.
  6. Si el destinatario no responde (o lo hace de manera no satisfactoria), habría que acudir a la vía judicial para reclamar cualquier gasto o indemnización. En este caso, conviene contar con la ayuda de un abogado especializado.

Si, por el contrario, eres atropellado por otro vehículo mientras conduces un VMP, tendrás igualmente derecho a recibir una indemnización tanto por las lesiones sufridas como por los daños materiales que haya sufrido tu patinete. De ello deberá ocuparse la compañía aseguradora del vehículo que provocó el accidente.

Recuerda, igualmente, acudir a Urgencias antes de que pasen 72 horas, y reclamar la presencia de la Policía Municipal en caso de que el conductor no colabore. Si el conductor carece de seguro (o si se da a la fuga), la reclamación se haría al Consorcio de Reclamación de Seguros.

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