Patinenetes eléctricos

El patinete eléctrico sigue ganando adeptos en las principales ciudades españolas. Es un medio de movilidad más económico que otro tipo de vehículos: es ágil, te mueves mejor en los atascos, no conlleva prácticamente esfuerzo físico, es fácil de llevar, transportar y guardar y, como es eléctrico, puedes acceder con él a zonas restringidas a la circulación.

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El Gobierno fijó definitivamente en noviembre de 2020 la normativa relacionada con los Vehículos de Movilidad Personal, entre los que están los patinetes eléctricos, a través del Real Decreto 970/2020, que entró en vigor el 2 de enero de 2021.

Si tienes un patinete eléctrico, estas son las reglas que debes cumplir

  • Prohibido circular con ellos en aceras, zonas peatonales, pasos de travesías, autovías, autopistas, vías interurbanas o túneles en ámbito urbano.
  • Estos VMP deberán tener un certificado de circulación: tendrán que incluir un código QR en el que se acredita que el patinete eléctrico cumple con los requisitos técnicos exigidos por la normativa. Aquí puedes leer el manual de la DGT donde se especifican las características técnicas: el Manual entró en vigor el 22 de enero de 2022 con un régimen transitorio: los VMP vendidos a partir del 22 de enero de 2024 serán certificados. Los anteriores podrán circular sin certificación hasta el 22 de enero de 2027.

  • La velocidad máxima de los VMP debe estar entre los 6 y los 25 km/h. Si superan esta velocidad, se les considerará como vehículos a motor y deberán cumplir las normas que les correspondan.
  • Desde la reforma de la Ley de Tráfico, es obligatorio el uso del casco para circular con un patinete eléctrico.
  • Aunque de momento no se exige un seguro de responsabilidad civil obligatorio en toda España, algunos ayuntamientos como el de Benidorm, Palencia, Pozuelo de Alarcón, Córdoba o Mahón sí que han exigido que los usuarios lo tengan. Por eso, el RACE ofrece un seguro para patinetes eléctricos.

Las ordenanzas municipales tienen la última palabra

A partir de las bases del RD 970/2020, cada municipio tiene sus propias ordenanzas que los usuarios de la vía deben cumplir. Madrid, Barcelona y Valencia son las ciudades españolas donde más se utiliza el patinete eléctrico. Algunas de sus peculiaridades son:

Normativa del patinete eléctrico en Madrid

  • Edad mínima:15 años.
  • Zona de circulación: ciclocalles, carriles bici, pistas bici, calzada de calles integradas en zonas 30, calles en las que la velocidad máxima sea 30 kilómetros por hora.
  • Otras normas: Los patinetes de alquiler deben tener seguro y utilizarse con casco.

Normativa del patinete eléctrico en Barcelona

  • Edad mínima:16 años.
  • Zona de circulación: sí se permite en carril bici en acera y en zona 30, en ambos casos con condiciones.
  • Otras normas: el aparcamiento se permite en zonas habilitadas.

Normativa del patinete eléctrico en Valencia

  • Edad mínima:16 años.
  • Zona de circulación: prohibido por aceras excepto los tipos A que pueden circular por calles peatones a 10 km/h. Permitido por calzada por ciclocalles, vías de sentido único y por la calzada de calles de zonas 30 a velocidad máxima de 30 km/h.

¿Qué comportamientos indebidos serán sancionables?

  • Conducir el patinete bajo los efectos del alcohol o de las drogas: la sanción será entre 500 y 1000 € en función de la tasa de alcohol, o de 1000 € en caso de drogas. Además, en caso positivo, el vehículo quedará inmovilizado, tal y como ocurre con el resto de vehículos.
  • Usar el teléfono móvil mientras se conduce un patinete eléctrico. Esto incluye el teléfono móvil o cualquier otro sistema de comunicación. La sanción será de 200 €.
  • Uso de cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido: la sanción será de 200 €.
  • No usar el casco y otros elementos de protección: la sanción será de 200 €.
  • Circular más de una persona encima del patinete: la sanción será de 100 €.
  • Conducción nocturna sin alumbrado, ni prendas o elementos reflectantes: la sanción será de 200 €.
  • Si cualquiera de estas infracciones las cometiera un menor de 18 años, serán los padres o tutores los que responderán solidariamente de la infracción cometida por el menor.

Finalmente, si se ponen en circulación aparatos que aparentemente ofrecen prestaciones superiores a un VMP y no cumplen los requisitos legales, dichos vehículos no pueden circular. A sus conductores se les denunciará con una sanción de 500 € y se procederá a la inmovilización y depósito del mismo. Dentro de este mismo grupo se incluyen los casos de VMP que hayan sido manipulados para alterar la velocidad o las características técnicas.

En opinión del RACE, estos vehículos deben circular fuera de las aceras porque la interacción con los peatones no es posible, pero también es peligroso enviarlos a la calzada sin ningún tipo de protección. Además del uso obligatorio del casco, también es recomendable contratar un seguro de responsabilidad civil ya que, al compartir la calzada, también podrán causar daños o recibirlos.

El RACE apuesta por la circulación en calles 30 (velocidad limitada a 30 km/h) o por carriles bici. Sin embargo, hay una falta de inversión por parte de los ayuntamientos para construir más carriles destinados a las bicicletas y a los VMP.

Gracias al servicio de Asesoría Jurídica del RACE, nuestros socios gestionan gratuitamente sus multas.
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