Fumar al volante

Conducir es una actividad que sueles hacer diariamente de forma casi automática. Estás tan acostumbrado que no te das cuenta de que, en realidad, es una acción que requiere toda tu atención. Por eso, a veces puedes poner en práctica durante la conducción ciertas tareas que también te resultan sencillas en tu día a día, pero que suponen una distracción cuando estás al volante. Recuerda que las distracciones son la principal causa de siniestralidad en España.

En concreto, estamos hablando de acciones como comer, beber, fumar, maquillarse, peinarse o leer. Las haces todos los días, también casi de forma automática y, cuando por tiempo o por cualquier otra razón las realizas dentro del coche, es cuando suponen un riesgo: no eres consciente de que desvías la atención de la carretera o te crees que puedes hacerlo todo a la vez con seguridad.

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Ahora bien, ¿en el reglamento viene indicado que no puedas realizar alguna de estas acciones? Resolvemos tus dudas con respecto a lo que dice la ley.

¿Qué dice la ley sobre comer beber o fumar al volante?

Dentro de la Ley de Seguridad Vial, en el artículo 13, y en el artículo 18.1 del Reglamento General de Circulación (RGC), se menciona que “el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros…”.

Tal y como está indicado en el reglamento, la responsabilidad última de sancionar al conductor por beber, comer o fumar es de la autoridad competente, que debe valorar si el comportamiento de esa persona supone un riesgo para él y los demás usuarios de la vía y, por tanto, supone una sanción.

La DGT también indica en su revista mensual que “no está prohibido comer, beber, fumar, conducir con el codo fuera o con chanclas pero, si afecta a la seguridad vial, puede ser sancionable. Usemos el sentido común y evitemos conductas que arriesgan la seguridad”.

El móvil, la distracción más peligrosa.

Tanto fumar como beber y comer en el coche están en un nivel de distracción diferente a la utilización del móvil.

La demostración de esto es que en el RGC hay una mención especial al uso y manipulación del móvil durante la conducción. En el artículo 18.2 de dicha normativa dice que “se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares”.

El uso o manipulación del móvil durante la conducción supone una infracción grave y conlleva 200 euros de multa y la retirada de 3 puntos, aunque está previsto que, con la reforma del Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial del carnet de conducir, la retirada sea de 6 puntos y la multa de 500 euros.

¿Cuál es la multa por fumar comer o beber al volante?

La multa por fumar, comer y beber en el coche, al depender del juicio de la autoridad, puede variar. La DGT tiene una guía codificada de sanciones, que parte del artículo 67 de la Ley de Seguridad Vial, por la que se establece que, por una falta leve, la multa es de 80 euros, la grave es de 200 euros y la muy grave de 500 euros. Tal como aparece indicado en esta guía, la sanción por comer, beber o fumar al volante es de 80 euros (40 euros por pronto pago). Si eres socio del RACE, recuerda que nosotros podemos gestionar las multas por ti.

Evita las distracciones al volante.

Debes priorizar tu seguridad y la de los tuyos cuando conduces y, por eso, debes evitar las distracciones al volante en cualquier circunstancia. Si tienes ganas de fumar, comer o beber, lo mejor es que pares el vehículo en una zona segura.

Si estás en un trayecto largo, la recomendación es que pares cada 2 horas o 200 kilómetros y hagas un descanso de, al menos, 20 minutos. Es aconsejable que tomes refrescos, ya que aportan la glucosa que necesita el cerebro (es mejor que dejes el alcohol para otro momento). Evita las comidas copiosas o, si no, te entrará el sueño cuando vuelvas a la carretera.

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