Circular con el coche de un difunto: ¿es legal o motivo de sanción?
El fallecimiento del titular de un vehículo no implica que el coche quede automáticamente fuera de circulación. Durante el periodo en el que se resuelve la herencia, los familiares pueden utilizarlo siempre que el vehículo cumpla con todos los requisitos legales para circular.
El problema aparece cuando la situación del vehículo no se comunica a la Dirección General de Tráfico (DGT) o cuando transcurre el plazo establecido sin realizar los trámites necesarios.
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El plazo de los 90 días: qué dice el Reglamento General de Vehículos
El Reglamento General de Vehículos establece que, una vez fallece el titular de un vehículo, la persona que tenga la custodia provisional del coche debe comunicarlo a la Jefatura de Tráfico correspondiente en un plazo máximo de 90 días a contar desde la fecha de defunción.
Durante ese periodo, quien tenga el vehículo a su cargo debe solicitar el cambio de titularidad provisional para que la Administración conozca quién es el responsable del coche mientras se tramita la herencia.
Para realizar este trámite será necesario aportar documentación que acredite:
- El fallecimiento del titular.
- La identidad de la persona que queda como responsable provisional.
- La relación con el vehículo.
- La documentación administrativa del coche.
Una vez finalizado el reparto de la herencia, el adjudicatario definitivo deberá realizar el cambio de titularidad correspondiente.
Quién se hace cargo del vehículo mientras se tramita la herencia
Hasta que exista un heredero definitivo, el vehículo puede quedar bajo la responsabilidad de la persona que tenga su posesión o custodia provisional.
Esta figura permite que el coche no quede en una situación administrativa desconocida y que exista una persona responsable de obligaciones como:
- Mantener el vehículo en condiciones adecuadas.
- Garantizar que tiene la ITV vigente cuando corresponda.
- Mantener el seguro obligatorio de responsabilidad civil.
- Atender las comunicaciones administrativas relacionadas con el vehículo.
La custodia provisional no convierte a esa persona en propietaria del coche. Su función es únicamente asumir la responsabilidad temporal mientras se resuelve la herencia.
Las multas a las que te expones si no regularizas la situación en la DGT
Conducir un vehículo cuyo titular ha fallecido no supone por sí mismo una multa. La sanción puede aparecer cuando no se cumplen las obligaciones administrativas asociadas al vehículo.
Algunos ejemplos son:
- No comunicar a la DGT la situación del vehículo dentro del plazo establecido.
- Circular sin tener la ITV en vigor.
- Circular sin el seguro obligatorio de responsabilidad civil.
- Incumplir cualquier otra obligación administrativa relacionada con el vehículo.
Además, si la Administración no tiene identificado al responsable provisional del coche, pueden surgir dificultades para gestionar notificaciones o trámites relacionados con el vehículo.
¿Qué pasa con el seguro en caso de accidente?
Cuando fallece el titular de un vehículo, el hecho no significa que el servicio contratado desaparezca automáticamente. Sin embargo, es importante comunicar la nueva situación a la entidad correspondiente para actualizar los datos y comprobar las condiciones aplicables.
La persona que utiliza el coche debe asegurarse de que el vehículo continúa disponiendo del seguro obligatorio de responsabilidad civil antes de circular.
¿Sigue vigente la póliza tras la muerte del tomador o propietario?
El fallecimiento del tomador no implica necesariamente que el servicio quede sin efecto de manera inmediata. La situación debe revisarse según las condiciones contratadas y la normativa aplicable.
Por este motivo, es recomendable comunicar el fallecimiento y facilitar la información necesaria para que la entidad pueda actualizar los datos del vehículo y de la persona responsable.
¿Puede la aseguradora negarse a pagar los daños tras un siniestro?
En caso de accidente, la responsabilidad dependerá de las circunstancias concretas del siniestro y de la situación administrativa del vehículo.
Circular con el seguro obligatorio de responsabilidad civil en vigor permite cumplir con la obligación legal de todo propietario de un vehículo. Sin embargo, si existen irregularidades, como falta de comunicación de cambios relevantes o incumplimiento de las condiciones aplicables, pueden producirse consecuencias que conviene revisar con la entidad correspondiente.
Por eso, antes de utilizar un coche cuyo titular ha fallecido, es recomendable comprobar que toda la documentación está actualizada.
Qué debes hacer si necesitas usar el coche antes de repartir la herencia
Si necesitas utilizar el vehículo durante el proceso de herencia, lo más importante es que la situación administrativa quede regularizada y que puedas acreditar quién es la persona responsable del coche.
Los pasos principales son:
- Solicitar la custodia provisional del vehículo.
- Mantener la documentación del coche actualizada.
- Comprobar que la ITV y el seguro obligatorio de responsabilidad civil están vigentes.
- Guardar todos los documentos relacionados con el vehículo y la herencia.
Solicitar la custodia provisional del vehículo en la DGT
Este trámite evita que el coche quede asociado únicamente a una persona que ya no puede realizar gestiones administrativas y facilita la identificación del responsable durante el periodo de transición.
Para solicitarlo, normalmente tendrás que presentar:
- Certificado de defunción del titular.
- Documento que identifique a la persona que solicita la custodia.
- Permiso de circulación del vehículo.
- Tarjeta de inspección técnica, cuando proceda.
- Documentación relacionada con la sucesión si es necesaria.
Una vez finalizada la herencia, el nuevo propietario deberá realizar el cambio de titularidad definitivo.
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Documentos imprescindibles que debes llevar siempre en la guantera
Si conduces un coche cuyo titular ha fallecido, conviene llevar la documentación obligatoria del vehículo y aquella que pueda justificar la situación provisional.
Entre los documentos más importantes están:
- Permiso de circulación.
- Tarjeta de inspección técnica si corresponde.
- Justificante del seguro obligatorio de responsabilidad civil.
- Documento que acredite la custodia provisional o la situación administrativa del vehículo.
También es recomendable conservar cualquier comunicación oficial relacionada con la herencia o los trámites realizados ante la DGT.
Regularizar la situación del vehículo no solo evita posibles problemas administrativos, sino que permite que el coche continúe circulando de forma segura mientras se resuelve el reparto de la herencia. Si eres Socio del RACE, puedes contar con asesoramiento para resolver dudas relacionadas con tus trámites de movilidad y conducción.




