Esta diferencia es importante porque determina qué permiso necesitas, por qué vías puedes circular, qué velocidad máxima debes respetar y qué documentación debe llevar el vehículo. Por eso, antes de comprar, alquilar o conducir un quad, conviene revisar la tarjeta ITV y no guiarse solo por su aspecto exterior.

Desplázate con tranquilidad, por ser Socio del RACE tendrás la mejor asistencia en carretera ¡Y más ventajas!
¡Quiero saber más!

Con qué carnet se puede conducir un quad en España

Para saber con qué carnet se puede conducir un quad, hay que diferenciar entre los tipos que reconoce la DGT. En general, los quads son vehículos de cuatro o más ruedas, sin carrocería, con dirección por manillar y sillín en el que el conductor va sentado a horcajadas.

Según sus características, pueden clasificarse en:

  • Cuadriciclos ligeros: pueden conducirse con permisos AM, A1, A2, A o B.
  • Cuadriciclos no ligeros: necesitan permiso de la clase B.
  • Vehículos especiales: también requieren permiso B.

En el RACE puedes consultar la guía sobre tipos de carnet de conducir, donde se explica que el permiso B permite conducir triciclos y cuatriciclos de motor. Además, el permiso AM autoriza a conducir cuadriciclos ligeros y ciclomotores con las limitaciones correspondientes.

También debes tener claro que el quad no puede circular “solo con carnet”. Debe estar matriculado, tener la ITV en vigor, disponer de seguro obligatorio y cumplir los requisitos de seguridad exigidos para su categoría.

¿Qué quad se puede conducir con carnet de coche? (Permiso B)

Con el permiso B puedes conducir quads clasificados como cuadriciclos ligeros, cuadriciclos no ligeros y vehículos especiales, siempre que el vehículo esté autorizado para circular y cumpla las condiciones de su ficha técnica.

La diferencia principal está en sus prestaciones y limitaciones:

Tipo de quad
Permiso necesario
Características principales
Tipo de quad

Cuadriciclo ligero

Permiso necesario

AM, A1, A2, A o B

Características principales

Hasta 45 km/h, masa inferior a 350 kg, cilindrada hasta 50 cc o potencia máxima de 4 kW en otros motores

Tipo de quad

Cuadriciclo no ligero

Permiso necesario

B

Características principales

Masa hasta 400 kg, o 550 kg si es para mercancías, y potencia máxima de 15 kW

Tipo de quad

Vehículo especial

Permiso necesario

B

Características principales

Clasificación específica en ficha técnica, con límites de velocidad propios

Los cuadriciclos ligeros están concebidos para no superar los 45 km/h y no pueden circular por autopistas ni autovías. En cambio, los cuadriciclos no ligeros necesitan permiso B y pueden circular por todo tipo de vías en las mismas condiciones generales que otros automóviles, respetando su velocidad máxima específica de 70 km/h.

Condiciones y limitaciones para conducir cuadriciclos pesados

Los quads considerados cuadriciclos no ligeros son los que muchas personas identifican como quads más potentes. Según la DGT, tienen una masa en vacío de hasta 400 kg, o de hasta 550 kg si están destinados al transporte de mercancías, y una potencia máxima neta del motor de 15 kW. Para conducirlos se exige el permiso B.

Estos vehículos pueden circular por diferentes tipos de vías, pero no debes tratarlos como un turismo convencional. Su conducción es distinta: tienen manillar, centro de gravedad particular, menor protección para el conductor y más riesgo de vuelco si se entra rápido en una curva o se gira de forma brusca.

Antes de conducir uno, revisa:

  • Clasificación del vehículo en la tarjeta ITV.
  • Matrícula correspondiente.
  • Seguro obligatorio.
  • ITV en vigor.
  • Velocidad máxima autorizada.
  • Número de plazas homologadas.
  • Posibilidad o no de llevar remolque.
  • Restricciones de circulación según vía.

Si vas a alquilar un quad en una ruta turística o rural, pregunta siempre qué tipo de vehículo es, por dónde puede circular y qué permiso te van a exigir. No todos los quads están pensados para el mismo uso.

El uso obligatorio del equipamiento de protección

El casco es obligatorio para conducir quads. La DGT recuerda que, desde el 1 de septiembre de 2006, también lo es para los quads matriculados como vehículos especiales, al igual que ya ocurría con el resto de categorías. Además, debe ser un casco homologado.

Además del casco, conviene llevar equipamiento que proteja en caso de caída o vuelco:

  • Casco integral o casco adecuado con protección ocular.
  • Guantes.
  • Botas resistentes.
  • Chaqueta con protecciones.
  • Pantalón largo resistente.
  • Protección para brazos y piernas si circulas por caminos.
  • Gafas si hay polvo, barro o piedras.

Un quad puede parecer más estable que una moto porque tiene cuatro ruedas, pero no se conduce igual que un coche. La DGT advierte de que, al contrario que las motocicletas, los quads pueden inclinarse hacia el lado contrario de la curva, levantarse sobre dos ruedas y volcar si la velocidad es excesiva o el giro del manillar es brusco.

Hazte Socio del RACE y viaja siempre tranquilo con la mejor protección y asistencia personal en todas tus rutas.
¡Quiero ser Socio!

Coberturas y protección para tus desplazamientos

Si vas a utilizar un quad por carretera, caminos autorizados o rutas de ocio, no pienses solo en el permiso. También conviene revisar la documentación del vehículo, el seguro obligatorio, la ITV y el tipo de asistencia que tendrías en caso de avería o accidente.

Antes de salir, comprueba:

  • Que llevas el permiso de conducir adecuado.
  • Que el quad tiene seguro obligatorio.
  • Que la ITV está en vigor.
  • Que sabes qué vías puede utilizar.
  • Que el casco está homologado y bien ajustado.
  • Que el vehículo no presenta fugas, holguras o neumáticos en mal estado.
  • Que no llevas pasajero si el quad no está homologado para ello.

En caso de desplazamientos con vehículos de ocio o rutas fuera de tu entorno habitual, también puedes revisar los servicios de asistencia en viaje del RACE y la asistencia en carretera, especialmente si vas a circular por zonas donde una avería puede complicar el regreso.

Compartir:
Compartir:
Más sobre Conducción