Conducir por la derecha

¿Cuántas veces al día ves que los conductores circulan por el carril central o el izquierdo de una carretera mientras que el derecho está completamente vacío? A esto se le reconoce como el síndrome del carril izquierdo, y es una práctica habitual que debes cambiar, por tu propia seguridad.

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La Dirección General de Tráfico se esfuerza cada año en advertir este síndrome y recuerda que el carril izquierdo está reservado solo para adelantar y que se debe conducir por la derecha. Según la DGT, «los conductores que circulan de forma continuada por el carril izquierdo solo consiguen provocar más retenciones, frenazos y alcances».

El capítulo I del Reglamento General de Circulación (RGC) explica la normativa sobre la utilización de los carriles. Indica claramente en el artículo 31 que «fuera de poblado, en las calzadas con más de un carril reservado para su sentido de la marcha, el conductor de un automóvil circulará normalmente por el carril situado más a la derecha, si bien se podrá utilizar el resto de los de dicho sentido cuando las circunstancias del tráfico o de la vía lo aconsejen, a condición de que no entorpezca la marcha de otro vehículo que le siga».

Adelantar por la derecha: ¿cuándo puedes hacerlo?

Tal como se entiende del artículo anterior, por norma debes circular por la derecha y no por el carril central o los demás de la izquierda, una práctica que deberían corregir muchos conductores que circulan por España. Sin embargo, en esta norma hay una serie de excepciones que vienen indicadas en el capítulo VII del mismo reglamento.

Por norma, debes circular por la derecha y no por el carril central o los demás de la izquierda.

En los artículos 82 y 83 del RGC, que hablan del adelantamiento por la izquierda, se citan una serie de excepciones:

  • Si el coche que adelantas se va a la izquierda: «si existe espacio suficiente para ello, el adelantamiento se efectuará por la derecha y adoptando las máximas precauciones, cuando el conductor del vehículo al que se pretenda adelantar esté indicando claramente su propósito de cambiar de dirección a la izquierda o parar en ese lado, así como, en las vías con circulación en ambos sentidos, a los tranvías que marchen por la zona central».
  • Si circulas por un pueblo o una ciudad, puedes adelantar por la derecha: «dentro de los poblados, en las calzadas que tengan, por lo menos, dos carriles reservados a la circulación en el mismo sentido de marcha, delimitados por marcas longitudinales, se permite el adelantamiento por la derecha a condición de que el conductor del vehículo que lo efectúe se cerciore previamente de que puede hacerlo sin peligro para los demás usuarios».
  • Si vas en un atasco y te mantienes en el carril derecho, sólo es rebasamiento, no adelantamiento: «cuando la densidad de la circulación sea tal que los vehículos ocupen toda la anchura de la calzada y sólo puedan circular a una velocidad que dependa de la del que los precede en su carril, el hecho de que los de un carril circulen más rápidamente que los de otro no será considerado como un adelantamiento. En esta situación, ningún conductor deberá cambiar de carril para adelantar ni para efectuar cualquier otra maniobra que no sea prepararse para girar a la derecha o a la izquierda, salir de la calzada o tomar determinada dirección».

Por supuesto, hay que recordar que en cada cambio de carril es obligatorio indicarlo con el intermitente, una práctica que no es costumbre en muchos conductores y que resulta fundamental para hacer saber a los demás cuál es tu intención.

Si adelantas por la derecha y no cumples con las excepciones anteriormente mencionadas, se considera como una falta grave y la multa puede ascender hasta los 200 euros. Pero quien circule por el carril central o izquierdo tampoco se libra de la misma sanción. Está circulando incorrectamente al no estar conduciendo por el carril derecho y entorpece la circulación de los demás vehículos. En el caso de que te hayan puesto una multa por este u otro motivo, en el RACE tenemos un departamento que te avisa y gestiona las multas, siempre y cuando te hayas hecho Socio previamente.

Si eres Socio del RACE te avisaremos de las sanciones a través de SMS o email
y te ayudaremos a recurrir tus multas.

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