Inmovilizar vehículo

Cometer una infracción que suponga una sanción económica (y, en su caso, la pérdida de puntos) es ya un inconveniente lo suficientemente importante que puede ser aún peor si, además, implica la inmovilización inmediata del vehículo por parte de los agentes de la autoridad. Se trata, en todos los casos, de infracciones graves o muy graves que pueden incluso conllevar el traslado y depósito del vehículo, que siempre correrá a cuenta del conductor (o titular) del mismo.

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La Ley de Tráfico contempla, en total, 12 supuestos en los que puedes llevarte la desagradable sorpresa de una inmovilización. Recuerda que, por norma general, la inmovilización tendrá efecto hasta que cesen las circunstancias que la propiciaron.

¿Cuándo pueden inmovilizar tu coche?

Una de las causas más comunes a la hora de inmovilizar un vehículo tiene que ver con el consumo de alcohol y/o estupefacientes. Si el resultado de unas pruebas de alcoholemia es positivo, el agente podrá proceder, en virtud del artículo 25 de la Ley de Tráfico, a la inmediata inmovilización del vehículo, siempre que no pueda hacerse cargo de él otra persona debidamente habilitada para ello. La inmovilización también es procedente en caso de que el usuario se niegue a someterse al control de alcoholemia o a un test de detección de estupefacientes.

En ambos casos, la multa incluye una fuerte sanción económica y la pérdida de puntos del carnet: si es por alcohol, será de 500 o 1.000 euros y de cuatro a seis puntos, según la tasa. Si es por drogas, será siempre de 1.000 euros y seis puntos (además de delito).

El resto de supuestos en los que tu coche podría ser inmovilizado (y sus correspondientes multas) está especificado a continuación:

  • Conducir sin permiso de circulación (o estando anulado, por el motivo que sea); hacerlo con deficiencias graves que supongan un peligro para la seguridad vial (como ir sin faros, frenos o con golpes graves visibles); circular sin ITV o con un informe desfavorable. En todos estos casos, conlleva una multa de 500 euros.
  • Circular con un menor que, por altura y peso, requiera de un sistema de retención infantil, sin estar equipado con ello, es también motivo de inmovilización, además de una multa de 200 euros y cuatro puntos. Lo mismo sucede si se circula en moto o ciclomotor sin un casco reglamentario.
  • Si el vehículo presenta una ocupación excesiva de, al menos, un 50 % más de las plazas autorizadas, sin contar el conductor. Por ejemplo, en un coche de cinco plazas, sería motivo de inmovilización el circular con ocho o más personas dentro. La multa es de 200 euros.
  • Circular sin seguro, o con la póliza expirada, tendrá como consecuencia la inmovilización del vehículo y una fortísima sanción económica: 1.500 euros por no disponer de seguro, y 800 si se dispone de él pero no está al corriente de pago.
  • Exceder los niveles máximos autorizados de humos, gases o ruidos también puede acabar con nuestro vehículo inmovilizado. Recuerda que, en este caso, el vehículo permanecerá inmovilizado hasta que se subsane esa deficiencia (lleve el tiempo que lleve). La multa es de 200 euros.
  • Circular con un detector o inhibidor de radares (200 euros y tres puntos), o con un sistema de ocultación de matrículas (6.000 euros y seis puntos).
  • En el caso de transportistas profesionales, el vehículo puede resultar inmovilizado si no se respetan los descansos obligatorios o se excede el tiempo de conducción (500 euros y seis puntos).
  • Estacionar en plazas reservadas para determinados usuarios (como personas discapacitadas), con una multa de 200 euros, o si el coche se encuentra aparcado en zonas de estacionamiento regulado sin autorización para ello o habiendo excedido el tiempo permitido. Sin embargo, es más común que, en estos casos, se recurra a la grúa.
  • Conducir camiones o autobuses sin poseer el carnet obligatorio para estos vehículos (C y D, respectivamente). La multa es de 500 euros y cuatro puntos.

Cuándo pueden llevar mi coche al depósito

Puede también suceder que la inmovilización del vehículo acarree su traslado a un depósito municipal, lo que además originará una serie de gastos adicionales que, recordemos, serán responsabilidad del conductor o titular del vehículo. Esto ocurre si:

  • La inmovilización sucede en un lugar donde se obstaculiza el tráfico o el paso de vehículos o peatones.
  • Si no cesan las causas que motivaron la inmovilización.

Para que se levante la medida de inmovilización, será necesario que abones tanto los gastos generados como las sanciones impuestas. Cuidado con esto porque, de no hacerlo, podrían retirar el permiso de circulación del vehículo.

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