Mapa ZBE Segovia. Calles, restricciones y sanciones

Mapa ZBE Segovia. Calles, restricciones y sanciones

La Zona de Bajas Emisiones de Segovia entró en vigor el 1 de enero de 2025.

En el artículo 14 de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de Cambio Climático y la Transición Energética, se obligó a 149 municipios con más de 50.000 habitantes a establecer una Zona de Bajas Emisiones. La Zona de Bajas Emisiones de Segovia está en vigor desde 2025.

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   ¿Qué coches tienen acceso a la Zona de Bajas Emisiones en Segovia?

La Zona de Bajas Emisiones de Segovia comprende hasta 130 plazas, travesías y calles situadas dentro de la muralla de la ciudad, tal como se describe en la Ordenanza Reguladora de la Zona de Bajas Emisiones en Segovia (páginas 18 a 44 del PDF).

Los coches que pueden entrar, circular y aparcar libremente dentro de la ZBE de Segovia son aquellos que tienen la etiqueta 0, ECO y C. Los vehículos con etiqueta B también podrán acceder a esta zona hasta el 31 de diciembre de 2029.

  ¿Los coches sin etiqueta pueden circular por la ZBE en Segovia?

Los vehículos sin etiqueta que estaban domiciliados en la ZBE de Segovia y dados de alta en el padrón IVTM antes que entrase en vigor la misma pueden circular y aparcar libremente en esta zona. Los demás vehículos que no tienen asignado un distintivo ambiental tienen prohibido el acceso a la Zona de Bajas Emisiones de Segovia a partir del 31 de diciembre de 2025, salvo algún caso concreto en el que se amplía el plazo. Si tu vehículo no cumple con los requisitos y accedes a la ZBE recibirás una multa de 200 euros.

  ¿Qué días y en qué horario se puede circular por la Zona de Bajas Emisiones de Segovia?

La restricción de acceso, circulación y estacionamiento se aplica todos los días de la semana con la siguiente distribución horaria:

  • Lunes a jueves: de 7 a 20 horas.
  • Viernes, sábados y vísperas de festivo: de 7 a 23 horas.
  • Domingos y festivos: de 10 a 20 horas.

Fuera de ese horario, sí que podrás acceder con tu vehículo, independientemente de la etiqueta ambiental.

   ¿Existen excepciones para acceder a la ZBE de Segovia?

Sí, existen ciertas excepciones a las restricciones de acceso, circulación y estacionamiento en la ZBE de Segovia. Están exentos los vehículos contaminantes (etiqueta B) y los grandes contaminantes (sin etiqueta) pertenecientes a las siguientes categorías:

  • a) Los vehículos de servicios de emergencias.
  • b) Los vehículos de servicios básicos.
  • c) Los vehículos catalogados como históricos.
  • d) Ciclomotores: vehículos provistos de un motor de cilindrada no superior a 50 centímetros cúbicos y con una velocidad máxima por construcción no superior a 45 Km/h, clasificados en el Registro de Vehículos como L1, L1e, L2, L2e, L4, L4e, L6 y L6e.
  • e) Los vehículos de personas empadronadas dentro del ámbito territorial de la ZBE con anterioridad a la entrada en vigor de la ordenanza de la ZBE de Segovia, siempre que dichos vehículos estén dados de alta en el padrón del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica del Ayuntamiento de Segovia.

Además de las excepciones nombradas, los siguientes vehículos podrán acceder, circular y estacionar en la ZBE hasta la finalización de los plazos señalados en cada supuesto, siempre y cuando se comunique su acceso al sistema de gestión de autorizaciones de acceso implementado por el Ayuntamiento:

1. Vehículos que vayan a transportar a personas con movilidad reducida:

  • 1.1. Los de clasificación ambiental A hasta el 31 de diciembre de 2026.
  • 1.2. Los de clasificación ambiental B hasta el 31 de diciembre de 2029

2. Vehículos cuyos titulares disponen en régimen de propiedad o alquiler, incluido el compartido, de una parcela de garaje privada en la ZBE:

  • 2.1. Los de clasificación ambiental A hasta el 31 de diciembre de 2025.
  • 2.2. Los de clasificación ambiental B hasta el 31 de diciembre de 2029.

3. Vehículos de transporte escolar:

  • 3.1. Los de clasificación ambiental A hasta el 31 de diciembre de 2025.
  • 3.2. Los de clasificación ambiental B hasta el 31 de diciembre de 2029.

4. Vehículos turísticos de transporte colectivo:

  • 4.1. Los de clasificación ambiental A hasta el 31 de diciembre de 2025.
  • 4.2. Los de clasificación ambiental B hasta el 31 de diciembre de 2029.

5. Vehículos auto taxis cuyos titulares cuenten con licencia para el desarrollo de la actividad en el municipio de Segovia:

  • 5.1. Los de clasificación ambiental A hasta el 31 de diciembre de 2025.
  • 5.2. Los de clasificación ambiental B hasta el 31 de diciembre de 2029.

6. Vehículos de titularidad de las empresas o autónomos cuya actividad empresarial, profesional o comercial se ejerza en un local u oficina ubicada en el ámbito de la ZBE o se desarrollen en los mercadillos municipales ubicados en dicha zona:

  • 6.1. Los de clasificación ambiental A hasta el 31 de diciembre de 2025.
  • 6.2. Los de clasificación ambiental B hasta el 31 de diciembre de 2029.

7. Vehículos de empresas y profesionales que presten servicios o entreguen o recojan suministros con MMA menor o igual a 3.500 kilogramos:

  • 7.1. Los de clasificación ambiental A hasta el 31 de diciembre de 2025.
  • 7.2. Los de clasificación ambiental B hasta el 31 de diciembre de 2029.

8. Vehículos de empresas y profesionales que presten servicios relacionados con la construcción con MMA igual o superior a 3.500 kg:

  • 8.1. Los de clasificación ambiental A hasta el 31 de diciembre de 2025.
  • 8.2. Los de clasificación ambiental B hasta el 31 de diciembre de 2029.

9. Vehículos de mudanzas:

  • 9.1. Los de clasificación ambiental A hasta el 31 de diciembre de 2025.
  • 9.2. Los de clasificación ambiental B hasta el 31 de diciembre de 2029.

10. Vehículos que prestan servicios en actividades singulares, celebraciones o eventos extraordinarios en la vía pública:

  • 10.1. Los de clasificación ambiental A hasta el 31 de diciembre de 2025.
  • 10.2. Los de clasificación ambiental B hasta el 31 de diciembre de 2029.

11. Vehículos de autoescuelas destinados a la práctica de la conducción:

  • 11.1. Los de clasificación ambiental A hasta el 31 de diciembre de 2025.
  • 11.2. Los de clasificación ambiental B hasta el 31 de diciembre de 2029.

12. Vehículos que acudan a hoteles, hostales o apartamentos turísticos ubicados en la ZBE:

  • 12.1. Los de clasificación ambiental A hasta el 31 de diciembre de 2026.
  • 12.2. Los de clasificación ambiental B hasta el 31 de diciembre de 2029.

13. Vehículos de quienes sean invitados por residentes en el ámbito de la ZBE:

  • 13.1. Los de clasificación ambiental A hasta el 31 de diciembre de 2026.
  • 13.2. Los de clasificación ambiental B hasta el 31 de diciembre de 2029.

14. Turismos que sean invitados por las empresas y autónomos cuya actividad empresarial, profesional o comercial se ejerza en un local u oficina ubicada en el ámbito de la ZBE:

  • 14.1. Los de clasificación ambiental A hasta el 31 de diciembre de 2026.
  • 14.2. Los de clasificación ambiental B hasta el 31 de diciembre de 2029.

15. Vehículos que accedan a la ZBE para dejar o recoger alumnos de educación infantil y primaria cuyas necesidades así lo exijan:

  • 15.1. Los de clasificación ambiental A hasta el 31 de diciembre de 2026.
  • 15.2. Los de clasificación ambiental B hasta el 31 de diciembre de 2029.

16. Vehículos que accedan a la ZBE para dejar o recoger a residentes para su traslado a centros médicos o veterinarios:

  • 16.1. Los de clasificación ambiental A hasta el 31 de diciembre de 2026.
  • 16.2. Los de clasificación ambiental B hasta el 31 de diciembre de 2029.

17. Vehículos auto taxis sin licencia para operar en el municipio de Segovia y vehículos de arrendamiento con conductor (VTC):

  • 17.1. Los de clasificación ambiental A hasta el 31 de diciembre de 2025.
  • 17.2. Los de clasificación ambiental B hasta el 31 de diciembre de 2029.

18. Los vehículos sin etiqueta o con etiqueta B en los que se haya realizado una inversión adicional necesaria para el desempeño profesional al que estén destinados, podrán acceder, circular y estacionar, en su caso, en la ZBE hasta el 31 de diciembre de 2029.

A partir del 1 de enero de 2030, sólo podrán circular por la ZBE de Segovia los vehículos con etiqueta ECO, 0 y ECO, además de los exentos de la restricción de acceso y circulación que ya hemos explicado (artículo 16 de la ordenanza).

Para cualquier duda o consulta sobre la ZBE de Segovia, el Ayuntamiento establece las siguientes formas de contacto:

Localización: Plaza Mayor, 1 – 40001 Segovia.

Teléfono: +34 921 419 800