Mapa ZBE en Girona

Mapa de la ZBE de Girona

La ZBE de Girona se ubica principalmente en el centro urbano y en zonas de alta densidad de tráfico.

La Ley 7/2021, del Cambio Climático y Transición Energética, obliga a que 149 municipios de España que tienen más de 50.000 habitantes creen una Zona de Bajas Emisiones con el fin de mejorar la calidad del aire y la salud pública. Girona es uno de estos municipios y su Zona de Bajas Emisiones entró en vigor el pasado 15 de septiembre de 2025.

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   ¿Qué coches pueden entrar en la ZBE de Girona?

Los vehículos que pueden acceder a la ZBE de Girona sin limitación son todos aquellos que tienen algún tipo de etiqueta ambiental asignada por la Dirección General de Tráfico (DGT).

Igualmente, también tienen permiso para acceder a ésta los vehículos sin distintivo domiciliados en el municipio en 2024. Por tanto, no podrán circular los gasolina matriculados antes del año 2000 y los diésel anteriores a 2006 a no ser que puedan solicitar algún tipo de autorización temporal, que explicamos más adelante.

Etiqueta 0
Etiqueta Eco
Etiqueta C
Etiqueta B

¿Qué etiquetas pueden entrar en la ZBE de Girona?

Se permitirá el acceso a los vehículos con etiquetas B, C, ECO y Cero emisiones emitidas por la DGT. No obstante, la activación de los planes de acción a corto plazo por altos niveles de contaminación del aire incluirán la restricción, antes del 1 de enero de 2026, de los vehículos diesel con etiqueta B cuando se active el nivel 1 reforzado o el nivel 2 del Plan de acción a corto plazo para el contaminante NO2.

  ¿Puedo circular por la ZBE de Girona sin etiqueta?

Están exentos de la restricción de acceso y circulación los vehículos sin etiqueta que estén inscritos en el Registro de Vehículos en la ZBE y que pertenezcan a alguna de las siguientes categorías:

  • Vehículos que tengan el domicilio de su permiso de circulación en Girona en el año de aprobación de la ordenanza, es decir, en 2024.
  • Vehículos dedicados al transporte de Personas con Movilidad Reducida (PMR).
  • Autobuses y autocares destinados al transporte público de viajeros.
  • Vehículos de servicios médicos, funerarios, protección civil, bomberos, servicios municipales de Girona y cuerpos y fuerzas de seguridad.
  • Vehículos con matrícula extranjera que cumplan los requisitos tecnológicos y de emisiones.

Además, en la ordenanza también se contemplan diferentes autorizaciones temporales de acceso y circulación:

  • Vehículos singulares según los criterios de utilización establecidos en la clasificación del Anexo II del Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.
  • Vehículos que dispongan de una autorización específica del Ayuntamiento de Girona para prestar servicios en actividades singulares o en eventos extraordinarios en la vía pública o que deban realizar una actividad singular y esporádica.
  • Vehículos que transporten personas diagnosticadas de enfermedades que requieran realizar tratamientos médicos de forma periódica en centros hospitalarios que están ubicados dentro de la ZBE de Girona.
  • Vehículos registrados en el libro-taller electrónico de la Dirección General de Tráfico y con los que los talleres autorizados lleven a cabo pruebas de circulación o pruebas dinámicas.
  • Los titulares de los vehículos, que acrediten unos ingresos económicos anuales de su unidad familiar inferiores a 2 veces al Indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), incrementado según el número de miembros de la unidad familiar.
  • Personas físicas dedicadas al ejercicio de la actividad profesional (autónomos) que acrediten el cumplimiento de las dos circunstancias siguientes:
    • Titular de un vehículo que constituye un instrumento necesario para el ejercicio de su actividad profesional.
    • O que sus ingresos económicos sean inferiores al doble del IPREM.
  • Furgonetas y los vehículos sin etiqueta que distribuyan mercancías:
    • Categoría N1: exención de dos años.
    • Categoría N2 y N3: exención de tres años.
  • Consulta todas las autorizaciones de acceso a la ZBE de Girona en la ordenanza.

  ¿Qué días se puede circular por la ZBE de Girona sin etiqueta?

Los vehículos sin pegatina que no pertenezcan al municipio no podrán entrar ni circular en la ZBE de Girona en el horario en que esté activa salvo que estén previamente autorizados.

Si tu vehículo no tiene etiqueta ambiental y no está autorizado, podrá entrar hasta 24 días al año durante el horario de la ZBE y no será necesario solicitar la autorización para entrar estos 24 días. En esta página web puedes consultar los días que has accedido, entrando en el área personal.

 ¿Qué horario tiene la Zona de Bajas Emisiones de Girona?

La ZBE funcionará de 7 a 20 horas, de lunes a viernes laborables. El resto de los días que no esté activa podrán circular todo tipo de vehículos independientemente de la etiqueta que tengan asignada.

 Preguntas frecuentes sobre la ZBE de Girona (FAQ)

¿Cuándo entró en vigor la ZBE de Girona?
Entró en vigor el pasado 15 de septiembre de 2025, en cumplimiento de la normativa nacional que obliga a los municipios de más de 50.000 habitantes a implantarla.

¿Cuál es el perímetro de la ZBE de Girona?
El perímetro de la ZBE de Girona engloba desde el parque de la Devesa hasta la calle de Emili Grahit y desde la calle del Río Güell hasta la calle del Carme y el Barri Vell.

¿Cuál es la sanción por incumplir la ZBE?
Según lo establecido en la ley 7/2021, la sanción por entrar sin permiso en una ZBE es de 200 euros.

¿Tengo que llevar puesta la etiqueta ambiental en el cristal?
No es necesario, las cámaras de control leen las matrículas de los vehículos que acceden a la ZBE de Girona y sólo se sancionará a aquellos que no cumplan con la Ordenanza de la ZBE de Girona.

Si no puedo entrar en la Zona de Bajas Emisiones con mi coche, ¿dónde lo puedo aparcar?
Existen áreas de aparcamiento fuera de la ZBE donde puedes dejar tu vehículo. Consulta aquí las zonas de estacionamiento.