Plan 2000e 2010: Ayudas del Gobierno para Comprar Coche
 

Plan 2000e 2010: Ayudas del Gobierno para Comprar Coche

 

Os informamos que con fecha 8 de Enero de 2010, se ha publicado en el BOE el  Real Decreto 2031/2009, de 30 de diciembre de 2009, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehículos, Plan 2000 E de apoyo a la renovación del parque de vehículos durante el año 2010.

 

A continuación destacamos las principales novedades de este Real Decreto:

¿Cuál es la cuantía de las ayudas?

Este Plan está dotado con 100 millones de €. (200.000 vehículos: 500 € MITYC; 1.000 € fabricantes e importadores y 500 € cada CCAA que se sume al mismo).

¿Qué operaciones se pueden beneficiar?

Las ayudas a que se refiere el mismo se concederán a las adquisiciones de vehículos que se registren en el sistema telemático de gestión (SIT) entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2010 o hasta el agotamiento de los 100 millones de € presupuestados.
Las operaciones realizadas durante el año 2009 y que por distintos motivos no pudieron subirse al SIT 2000 (falta de cupo, retraso en la matriculación definitiva del vehículo, etc.) podrán acogerse al Plan 2000E 2010, siempre y cuando cumplan todos los requisitos contenidos en este Real Decreto 2031/2009.

¿Cuáles son las características de los vehículos “subvencionables”?

Serán las mismas que en el Plan 2000E 2009. Es decir, estas ayudas se aplicarán para la adquisición de un vehículo nuevo o usado de hasta cinco años de antigüedad de la categoría M1 o de la categoría N1, matriculado en España y que reúna las siguientes características:

Vehículos de turismo categoría M1:

  • Emisiones de CO2 no superiores a 120 g/km (Vehículo ecológico),
  • Emisiones de CO2 no superiores a 149 g/km y que además incorporen sistemas de control electrónico de estabilidad y detectores presenciales en plazas delanteras (vehículo innovador),
  • Emisiones de CO2 no superiores a 149 g/km y que además incorporen un catalizador de tres vías para vehículos de gasolina o dispositivos EGR de recirculación de gases de escape para vehículo diésel.

Vehículos de transporte:

  • Categoría N1 con emisiones de CO 2 no superiores a 160 g/km.

¿Es necesario dar de baja un vehículo para beneficiarse de las ayudas?

Sí. Para las ayudas a la adquisición de vehículos de las categorías M1y N1 será requisito necesario que el beneficiario (el cliente) dé de baja definitiva, mediante certificado de achatarramiento por parte del centro autorizado, un vehículo de categoría M1 o N1 respectivamente de una antigüedad mínima de diez años o un kilometraje mínimo de 250.000km, si se adquiere un vehículo nuevo o de una antigüedad de doce años si se adquiere un vehículo usado de hasta cinco años de antigüedad.

¿Cuál es el precio máximo del vehículo a adquirir?

Será requisito necesario que el precio de adquisición de los vehículos de categoría M1 y N1 antes de aplicar ninguna ayuda de las contempladas en este real decreto, no supere los 30.000 euros, IVA incluido.

¿Cómo funciona la operativa del sistema?

Básicamente como en el 2009. El agente de ventas seguirá anticipando la subvención al beneficiario y solicitando a la entidad colaboradora el reintegro de la misma.

¿Qué documentación deberá incluir cada expediente para la administración?

La misma que en 2009 más un nuevo documento consistente en una declaración responsable del beneficiario de que se le han aplicado los descuentos correspondientes.
Por tanto el expediente de cada operación deberá incluir como mínimo la siguiente documentación:

  1. Copia de la factura.
  2. Ficha técnica del vehículo a adquirir.
  3. Certificado de destrucción del coche que se achatarra, emitido por el centro autorizado de tratamiento correspondiente.
  4. Declaración responsable del beneficiario de encontrarse al corriente de sus obligaciones ante la Hacienda Pública y la Seguridad Social.
  5. Declaración responsable del beneficiario en la que acredite que le han sido aplicados los descuentos correspondientes.
  6. Aquella que considere necesaria la entidad colaboradora al efecto del mejor control de cada operación.

¿ Cuándo se comunicará que se están agotando los fondos del Plan 2010?

Cuando la entidad colaboradora detecte que se ha aplicado un 70 por 100 de los fondos públicos, y solo quede un 30 por 100 de los mismos, deberá prorratearse entre cada agente de ventas un porcentaje equivalente a los fondos públicos que cada uno ha aplicado hasta la fecha. La entidad colaboradora deberá comunicar a cada agente de ventas los fondos que le quedan disponibles para aplicar las ayudas públicas hasta la finalización del Plan, e impedirá, a partir de este momento, el registro de nuevos Agentes de Ventas.
El cálculo del prorrateo del 30 por 100 se hará proporcionalmente a los expedientes que cada agente de ventas haya introducido en el sistema de gestión donde están incluidos los que estén pendientes de matriculación del vehículo adquirido nuevo.

¿Es compatible el Plan 2000E con otras ayudas?

Sí, excepto con las concedidas por el propio Plan 2000E en el año 2009. Si un vehículo se benefició del Plan 2009 ya no podrá beneficiarse de nuevas ayudas en caso de sucesivas transmisiones del mismo, tanto si es nuevo como usado.

¿Cuándo se pone en marcha este Plan 2000E 2010?

Independientemente de que este R.D. entró en vigor el día de su publicación en el BOE, 8 de enero de 2010, las ayudas de este Plan serán aplicables a los expedientes que se registren en el sistema entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2010.
De cualquier manera, en Ganvam estiman (sin asegurarlo) que el SIT 2000 para el Plan 2000E 2010 no estará “abierto” hasta por lo menos el próximo mes de Febrero 2010 y que por lo tanto no se podrán subir expedientes al sistema y no se podrán recuperar los importes adelantados de las operaciones realizadas hasta finales de Febrero aproximadamente. Sobre este asunto, en cuanto tengamos noticias, les informaremos puntualmente.

¿Cuándo finaliza este Plan?

Las ayudas a que se refiere el mismo se concederán a las adquisiciones de vehículos que se registren en el sistema telemático de gestión (SIT) antes del 30 de septiembre de 2010 o hasta el agotamiento de los 100 millones de € presupuestados.
Para los vehículos pendientes de matriculación, pero incluidos ya en el sistema y garantizado en principio el reintegro de la subvención, la acreditación de la matriculación deberá presentarse antes del 30 de noviembre de 2010 como condición necesaria para que la entidad colaboradora liquide la subvención a los agentes de ventas.

¿Participan las CCAA del Plan 2010?

Las distintas CCAA deberán también publicar sus diferentes Decretos u Órdenes que nos permitan conocer quienes se suman al Plan y cuáles serán sus requisitos y características. Se ampliará esta información tan pronto se tengan noticias.

 
 
 

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